DERECHO NATURAL
Marivikc11 de Marzo de 2015
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1. Derecho Natural es aquel inherente a la persona humana, aquel que emana de la naturaleza misma del hombre, y que por esta razón no es creado por los órganos de Estado, quienes además lo consideran anterior y superior a las leyes estatales, las cuales lo reconocen y protegen. Es decir, que este Derecho se encuentra formado por normas que rigen a todos los hombres por su simple calidad de ser humano, por su pertenencia a la raza humana.
Aquello que es justo por su propia naturaleza a diferencia de lo que resulta justo con base en las leyes humanas.
Conjunto de normas que los hombres deducen de la intimidad de su propia conciencia y que estiman como expresión de la justicia en un momento histórico determinado.
2. Las fuentes del Derecho natural se definen como “las formas del desenvolvimiento del derecho a las cuales debe acudirse para conocerlo y aplicarlo”.
Dichas fuentes son: la Ley, la costumbre y el Uso, la Jurisprudencia y la Doctrina.
La Ley, es la norma de derecho dictada, promulgada y sancionada por la autoridad pública, aun sin el consentimiento de los individuos; tiene como finalidad el encauzamiento de la actividad social hacia el bien común.
La Jurisprudencia, es la interpretación quede de la ley que hacen los tribunales, cuando la aplican a cinco casos concretos sometidos a ellos y la generalizan.
La Costumbre y el Uso, se define como la observancia uniforme y constante de reglas de conducta obligatorias, elaboradas por una comunidad social para resolver situaciones jurídicas.
La Doctrina, está integrada por el conjunto de estudios y opiniones que los autores de Derecho realizan o emiten en sus obras.
3. La grandeza de la filosofía griega consistió en haber emancipado la actividad del pensamiento de la inmediatez de las necesidades de la vida cotidiana. Fue posible descubrir las necesidades del pensamiento.
En Roma, el jurista Cicerón estableció que el derecho “no está fundamentado en la opinión arbitraria, sino que hay lo justo natural, inmutable y necesario, del que da testimonio la conciencia misma.
El derecho natural para los romanos es la razón, al lado mejor de la naturaleza humana una elevada moralidad, al sentido común práctico a la convivencia general. Es simple y racional frente a todo lo artificial y arbitrario. Es universal frente a lo nacional o local.
La filosofía de la edad media fue organizado con forme las doctrinas y dogmas de la iglesia católica. Esta tendencia considero que las normas de derecho natural eran vinculantes y de superior jerarquía a las normas de derecho positivo, obligatorias tanto para las autoridades eclesiásticas como para los gobernantes laicos.
Bedenheimer siguió a Ernest Troeltsch al señalar que el derecho natural cristiano adopto la diferencia estoica de derecho natural absoluto y relativo.
Derecho natural absoluto, derecho natural que hubiera seguido imperando de no haberse viciado la naturaleza humana con el pecado original.
Derecho natural relativo, sistema de principios jurídicos adaptados a la naturaleza humana.
Tomás de Aquino, estableció que el creador, dispuso en un plan perfectamente racional el lugar de cada elemento del universo y sus diversas criaturas. El desarrollo y movimiento de cada componente es la expresión de una ley establecida por el creador, naturales, humanas, eterna y divina.
En el sistema tomista, la única característica del hombrees la razón, por ello el estudio de la naturaleza humana se centra exclusivamente en la razón, en cuya más perfecta expresión le es del todo independiente.
4. Se define como Derecho positivo, diciendo que es el conjunto de reglas o normas jurídicas en vigor, en lugar y en una época determinados.
Es un producto social y por tanto mutable, varía en el tiempo y el espacio,
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