Derecho Natural
carlosCAT4 de Abril de 2015
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INTRODUCCION
Derecho natural es el orden intrínsecamente justo, que está por encima del positivo. Para los positivistas sólo existe el derecho que efectivamente se cumple o el vigente
Las concepciones iusnaturalistas son de enorme variedad pero todas coinciden en el dualismo normativo (derecho natural sobre positivo). Para algunas el fundamento del derecho natural radica en el poder (iusnaturalismo biológico), o en la divinidad, otros tienen la concepción sociológica del derecho natural, hay quienes lo refieren a los principios eternos e inmutables del ser humano (iusnaturalismo clásico) y el iusnaturalismo racionalista lo funda en la razón. Esta última busca el fundamento del
derecho en valores objetivos ideales
a continuación veremos las fuente:
La expresión derecho natural hace referencia a una corriente de pensamiento jurídico presente por más de 25 siglos. Su idea fundamental es la tesis de la existencia de un derecho anterior a cualquier norma jurídica positiva, es decir, de origen humano, denominado precisamente derecho natural.
El concepto de derecho natural está unido a otros conceptos jurídicos tales como derechos humanos, naturaleza humana, valores jurídicos, justicia y bien común. Más que una tesis, constituye un sistema de pensamiento que ha sido compartido por múltiples juristas o filósofos, incluso con planteamientos diversos y hasta contradictorios.
Cuando se habla de derecho natural, se hace alusión al derecho propio o inherente a la naturaleza humana, que no es creado deliberadamente por un órgano gubernamental, sino que está constituido por criterios y principios rectores de la conducta humana, que los partidarios de esta corriente consideran como eternos e inmutables; además no está representado por un conjunto unitario y sistemático de normas, que exista en algún lugar concreto y cuya validez todos reconozcan. "Se formula en postulados ideales, absolutos y universales, que tienen la pretensión de ser intrínsecamente válidos, o sea que valen por sí mismos. Para los iusnaturalistas es un derecho modelo, que busca la auténtica justicia".
Para su validez, el derecho natural, no requiere ser producto de un determinado procedimiento previamente establecido para la creación de normas jurídicas. El derecho natural es esencial a la naturaleza humana, y no creación del hombre.
Es precisamente natural, porque se funda en la naturaleza; pero ésta ha sido considerada desde diferentes enfoques. Para unos está fundada en la naturaleza divina. Para otros, se inspira en los dictados o mandamientos de la divinidad. En otra de sus versiones está el derecho natural apoyado y basado concretamente en principios de la Iglesia Católica. Para otros, está de acuerdo con la naturaleza humana; el hombre refleja su propia naturaleza en ese derecho para que sus normas tengan suprema calidad humana.
El derecho natural pretende ser el original, genuino, correcto y desde luego, vigente de modo absoluto. Lo significativo, es que se trata de una concepción que requiere destacar básicamente la realización de los valores humanos. Es una acepción axiológica, que no requiere atender sólo a las formas, sino más bien a los contenidos valiosos y por ello siempre se le contrapone al derecho positivo, que sólo es formalmente válido por la razón de ser elaborado, aplicado y reconocido por el Estado, en el que impera los órganos de poder o gobierno y en el que la legalidad predomina sobre sus valores, si no es que los sustituye.
"Es el saber filosófico es el medio por el cual adquiere significación para la humanidad el derecho natural, pues sólo mediante el mismo se hace presente a la conciencia, con lo cual es posible abogar por su cumplimiento y orientar su aplicación. El derecho natural en su forma es saber filosófico, característica ésta de vital importancia".
Así, podríamos definir al derecho Natural como: "El conjunto de las normas que los hombres deducen de la intimidad de su propia conciencia y que estiman como expresión de la justicia en un momento histórico determinado. La idea de la existencia de este derecho sigue al hombre en el curso de la historia, pero es una idea cambiante como el tiempo".
La concepción de quienes afirman la existencia de un derecho natural eterno e inmutable, igual para todos los tiempos y para todos los pueblos es inaceptable. Atribuirle semejante característica es contrario a las realidades históricas que manifiestan que el derecho natural está sujeto a cambios y transformaciones.
CONTENIDO
QUE ES LA LEY NATURAL?
la ley natural es una especie de ley, y por lo tanto, una especie de ordenación de la razón dirigida al bien común y suficientemente promulgada.
la ley natural:
es una ordenación de la razón en un doble sentido: es una ordenación
dispuesta por la razón que hace la ley, y destinada a otra razón, que la recibe.
Segundo, el hecho de que esté dirigida al bien común significa que sus
disposiciones trascienden la mera realización individual, porque ordenan o
disponen adecuadamente al hombre hacia una comunidad. Y, tercero, el
hombre puede conocerla con facilidad porque está "promulgada" por medio
de la luz natural de su razón interactuando con todo su dinamismo apetitivo.
La ley es considerada en la tradición aristotélico tomista como una
ayuda externa para la realización personal. Es una cierta regla o medida por
la que el hombre puede integrarse adecuadamente en la comunidad humana,
y de este modo lograr la plenitud de su propia forma, que naturalmente todo
ser apetece.
Santo Tomás, siguiendo a San Agustín, distingue la ley natural y la ley
eterna. ¿Cuál es la relación que hay entre ambas leyes? La ley eterna rige la
comunidad universal de toda la creación, mientras que la ley natural es el
modo de estar la ley eterna en el hombre. La ley eterna está en los animales
irracionales sólo en forma de instintos o tendencias; en cambio, en el hombre,
está además por medio de su razón. A diferencia de los irracionales, la ley
eterna no se encuentra en el hombre como una fuerza motriz inexorable, sino
a modo de invitación por medio de la razón y de sus apetitos.
Si el hombre comparte con los irracionales su naturaleza animal, ¿no
tiene, como ellos, impresa la ley en sus instintos y tendencias?, ¿qué papel
juega entonces la libertad? Santo Tomás responde a esta cuestión diciendo
que la ley natural está en el hombre de dos maneras: como en principio
regulador y mensurante, y como en lo regulado y medido. Como en principio
regulador y mensurante, la ley natural está en el hombre en cuanto que, por
medio de su razón, participa en la ordenación de todo en primer lugar de sí
mismo hacia su fin último. En este sentido, el hombre es naturalmente
partícipe de un plan providente superior, que, a su vez, constituye la medida y
regla de su propio plan.
Por este motivo, Santo Tomás dice que la criatura racional se encuentra
sometida a la divina providencia de una manera muy superior a las demás
criaturas, porque participa de la providencia como tal, siendo providente para
sí misma y para las demás.1
Esta co-participación en la ordenación de todo hacia su fin último,
presupone una cierta disposición natural o impresión en el hombre en forma
de tendencias. De este modo, la ley natural está también en el hombre como
en lo regulado y medido, en cuanto que por medio de todos sus apetitos,
incluido el apetito racional o voluntad, el hombre se encuentra tendiendo
hacia la plenitud de su propia forma.
Este doble modo de considerar la ley natural puede también expresarse
en los siguientes términos: la ley natural está impresa en todas las potencias
apetitivas del hombre, cuyos bienes propios (objeto de las tendencias) el
hombre no elige apetecer, y así la ley está pasivamente en la naturaleza
humana. En cambio, la ley natural está presente de forma activa en cuanto
que el hombre, por medio de su razón, interactuando con sus inclinaciones,
va deduciendo y eligiendo los criterios de conducta que le permiten realizarse.
En suma, la ley natural puede ser considerada como una ordenación
impuesta a la razón humana, por medio de las inclinaciones de su propia
naturaleza, y como una ordenación hecha por la razón humana a partir de
esas inclinaciones.
LA LEY NATURAL EN CUANTO ORDENACIÓN IMPUESTA
SOBRE LA NATURALEZA HUMANA
En cuanto ordenación impuesta a la naturaleza humana, la ley natural
es el orden impreso en los apetitos del hombre,
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