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Derecho Positivo


Enviado por   •  18 de Mayo de 2013  •  458 Palabras (2 Páginas)  •  257 Visitas

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Derecho positivo

El derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas escritas en un ámbito territorial en el que de manera puntual

genera polémica de ser el más normativo, y que abarca toda la creación jurídica del legislador, ya sea vigente o no

vigente, no sólo recogida en forma de lo que viene siendo la ley.

El concepto de derecho positivo está basado en el positivismo, corriente de pensamiento jurídico que considera al

derecho como una creación del ser humano. El hombre crea el derecho, las leyes (siendo estas la voluntad del

soberano) crean Derecho. Al contrario del Derecho natural, según el cual el derecho estaba en el mundo previamente,

y el ser humano se limitaba meramente a descubrirlo y aplicarlo en todo el sentido de la palabra.

En este sentido, el derecho positivo descansa en la teoría del normativismo (elaboración del téorico del derecho Hans

Kelsen -siglo XX-), y que estructura al derecho según una jerarquía de normas (jerarquía normativa).

Desde el punto de vista de otras escuelas de pensamiento jurídico, que no excluyen la existencia del derecho natural

o derecho divino, el derecho positivo sería aquel que emana de las personas, de la sociedad, y que debe obedecer a

los anteriores para ser justo y legítimo.

Así, se entiende el derecho positivo como un derecho puesto o dado desde el Estado. El positivismo jurídico se

divide en formalista y sociológico. El primero estudia las formas jurídicas y surge en el siglo XIX con dos escuelas

como precursoras de esta corriente: en Francia la Escuela Exégesis, y en Alemania la Escuela Dogmática alemana.

En cuanto al positivismo jurídico de carácter sociológico, estudia el impacto del derecho positivo en la sociedad. Sus

escuelas precursoras son en Francia la Escuela Social francesa, y en Alemania el Movimiento del Derecho Libre

alemán, ambas del siglo XIX-XX.

La concepción del positivismo jurídico abarca un solo derecho, lo que también se conoce como monismo jurídico: el

derecho positivo. En cambio, para el iusnaturalismo o derecho natural, existen dos derechos (dualismo jurídico): el

derecho positivo y el derecho natural. Este último se define como el conjunto

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