Disciplina Escolar
leni1727 de Septiembre de 2014
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DISCIPLINA ESCOLAR
Entiendo por disciplina escolar, el correcto cumplimento de las obligaciones del estudiante. Estas obligaciones son de dos categorias: obligaciones de rendimiento académico y obligaciones de conducta. Es así que el Código de la Niñez y Adolescencia establece como obligaciones del estudiante: “Estudiar con ahínco; cumplir con las tareas escolares y con las normas establecidas en el centro escolar; respetar a sus maestros, funcionarios y trabajadores en sus respectivos centros de estudios” (Art. 55).
Educar en disciplina es tarea escencial del maestro, tan importante como enseñar matemáticas, ciencias o letras. La disciplina no solo contribuye a formar buenos alumnos, también buenos ciudadanos. Quien cumple con sus deberes en la escuela, va a cumplir también con sus deberes ciudadanos, va a respetar las leyes y normas que rigen la convivencia social.
Cumplir su misión de educar con disciplina es actualmente para el maestro una misión casi imposible, por falta de apoyo del hogar al esfuerzo educativo del maestro y las leyes recientes que limitan la aplicación de medidas correctivas a los niños, niñas y adolescentes.
Los padres nicargüenses cada vez se interesan menos por el estudio y comportamiento de sus hijos. No asisten con regularidad a las reuniones de padres de familia. Quienes no educan en disciplina a sus hijos son generalmente los que se quejan de la disciplina que imponen los maestros.
El Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley No. 287, establece que ningún niño, niña o adolescente puede ser objeto de discriminación, explotación, violencia o maltrato físico, psicológico, trato humillante, opresivo, cruel, por acción u omisión a sus derechos y libertades; y quienes realicen esas ingerencias y ataques incurren en responsabilidad civil y penal (Art. 5).
Por su parte, la Ley General de Educación, Ley No. 582, establece, entre los derechos del estudiante, ser tratado con justicia y respeto y no ser sujeto de castigos corporales, humillaciones, ni discriminaciones.
Frente a la indisciplina del escolar, el maestro no se atreve a adoptar ninguna medida correctiva, porque teme violar los derechos del niño, la niña y adolescente, y exponerse a sanciones legales. Si regaña al estudiante en clase, lesiona su dignidad; si lo expulsa del aula, le priva del derecho a la educación; si le suspende el recreo, violenta su derecho a la recreación; si le pega con una regla en la palma de la mano, incurre en una agresión física; si lo relega al fondo de la clase por mala conducta, incurre en maltrato psíquico; si lo hace escribir cien veces “debo portarme bien”, lesiona su autoestima.
El maestro de un centro educativo público solo puede recurrir al llamado de atención al alumno, en privado o en presencia de sus padres, y a la firma de acta de compromiso (Manual para el Funcionamiento de Centros Educativos Públicos, Capítulo V, Régimen y Proceso Disciplinario).
Etimológicamente la palabra disciplina tiene dos significados: observancia de las normas y coyunda o instrumento que sirve para castigar. Tradicionalmente ambos significados han estado asociados, de modo que la enseñanza de la disciplina suponía la aplicación de un castigo físico, de ahí el dicho “La letra con la sangre entra”.
Sin llegar a ese extremo, pienso que el maestro con autorización de los padres debe tener la facultad de aplicar medidas disciplinarias, justas, oportunas y razonables.
Educar en disciplina no es enseñar a repetir de memoria reglas de conducta; es lograr que el alumno las practique siempre. Así se forman los hábitos que dan origen a la formación de rasgos permanentes de carácter. De ahí el concepto universalmente aceptado: “La mejor disciplina viene de adentro”. Es decir, la disciplina eficaz es la autodisciplina.
* El autor es psicólogo, Doctor Honoris Causa y Orden
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