Discriminación A Mujueres
NenaMontalvo30 de Enero de 2013
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La Comisión Estatal de los Derechos Humanos preocupada por los constantes maltratos y desatención sobre los derechos humanos de este grupo minoritario de personas y la situación de riesgo a la que se encuentran expuestos, lo que les impide incorporarse al desarrollo individual y acceder a mejores condiciones de bienestar familiar, ha implementado la Visitaduría Especial para Mujeres y Grupos en Situación de Vulnerabilidad, cuya finalidad es procurar se brinde a todos los ciudadanos igualdad de oportunidades, especialmente para quienes conforman los grupos más vulnerables.
En dicho programa son considerados mujeres, jornaleros agrícolas, discapacitados, niños, niñas y adolescentes en México, por lo que en el mismo orden se planteará el quehacer de la CEDH sobre cada uno de los particulares, mostrando previamente los totales que en los citados rubros existe.
Discriminación de las mujeres
Se entiende por discriminación contra las mujeres toda distinción, exclusión o restricción por el hecho de ser mujer, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera. El derecho de las mujeres a una vida libre de violencia incluye el derecho a ser libre de toda forma de discriminación. No se considera discriminación la aplicación de medidas especiales de carácter temporal que busquen combatir las desigualdades existentes entre hombres y mujeres.
Todas las mujeres tienen derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos reconocidos en la normatividad nacional e internacional, entre otros, al derecho a la vida; a que se respete su integridad física, psíquica y moral; a la libertad y a la seguridad personales; a no ser víctimas de esclavitud o trata de personas, a no ser sometidas a torturas; a que se respete la dignidad inherente a sus personas y que se proteja a sus familias; a igualdad de protección ante la ley y de la ley; a que se les proteja contra actos que violen sus derechos; a la libertad de asociación; a la libertad de profesar la religión y las creencias propias dentro de la ley; a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos; a que puedan ejercer un trabajo y tener un salario igual por trabajo de igual valor, en particular, a que las condiciones no sean inferiores a las de los hombres, con salario igual por trabajo igual; a licencias por maternidad antes y después del parto.
También se tendrán que atender las situaciones adicionales de discriminación enfrentadas por las mujeres motivadas por su raza o etnia, edad, religión, discapacidad, estado de salud, condición económica, embarazo, entre otras.
Dos de cada diez personas consideran que el principal problema de las mujeres es la falta de empleo, seguido por los problemas relacionados con la inseguridad, abuso, acoso, maltrato y violencia, y la discriminación con porcentajes muy bajos aparecen los problemas relacionados con la salud.
ESTRATEGIA; Estrechar los vínculos entre los programas para la erradicación de la pobreza y los programas para la igualdad de oportunidades y la no discriminación de la mujer.
Entre la población en condiciones de pobreza, las mujeres tienen todavía menos oportunidades que los hombres. Sufren discriminación y, con mucha frecuencia, son víctimas de violencia dentro y fuera de sus familias. Por eso, se dará preferencia a las mujeres en todos los programas contra la pobreza y en favor de la igualdad de oportunidades.
Se adoptarán medidas para que las mujeres reciban un poco más que los varones, con el fin de acelerar la eliminación de disparidades en el acceso a servicios públicos.
ESTRATEGIA; Promover la participación política de la mujer.
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