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EVASION E ILUSION


Enviado por   •  27 de Julio de 2014  •  740 Palabras (3 Páginas)  •  273 Visitas

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ELUSION TRIBUTARIA

CONCEPTO

Se menciona de esta manera a la acción de evitar, recurriendo a artificios, resquicios legales, el pago de un tributo de modo que el sujeto pasivo no se constituya como evasor. Es decir que la elusión no es estrictamente ilegal puesto que no se está violando ninguna ley, sino que se está aprovechando mediante una interpretación en ocasiones amañada o caprichosa, situación que es permita por una ley ambigua o con vacíos.

Formas de elusión tributaria:

Gastos personales a nombre de la empresa: Los pagos con facturas a nombre de la empresa elusora, de una compra o servicio para uso personal sería una forma de elusión muy común por parte de las personas y las empresas que se prestan para esto, según constatan datos del SRI. Esta práctica se da, por ejemplo, cuando en el supermercado se efectúan compras para las cenas de los directivos o cualquier otro tipo de gasto de representación o gestión, y que se los registra como gastos deducibles del impuesto a la Renta a pesar de que su uso es cuestionablemente requerido para la actividad específica de la empresa. Disfrazar los gastos personales como gastos de la empresa aunque es legal, es considerado por la Administración tributaria como un método elusivo.

Beneficios sociales a trabajadores: El artículo 28 establece que son gastos deducibles “los beneficios sociales pagados a los trabajadores o en beneficio de ellos, en concepto de vacaciones, enfermedad, educación, capacitación, servicios médicos, uniformes y otras prestaciones sociales establecidas en la ley, en contratos individuales o colectivos, actas transaccionales o sentencias ejecutoriadas”. Usufructuando el artículo en el que se menciona que también son gastos deducibles los gastos de educación, los dueños de las empresas podrían costear los gastos educativos, incluso si son en el exterior, de sus hijos al considerarlos como empleados y así convertirlos en deducibles, reconociéndolos como becas, pues así lo determina también la LORTI, al considerarlos como ingresos exentos para el pago de impuesto a la renta, ya que es un vacío en la LORTI al no estipular ninguna aclaración adicional, permitiendo que los elusores se aprovechen de esta situación.

Envío de rentas a RUC’s de personas naturales: Esta posible alternativa usada por las empresas elusoras comprende el traspaso de las rentas obtenidas, a RUC’s de personas naturales para obtener el beneficio del pago del impuesto a la renta a través de la tabla y no directamente del 25%.

Este tipo de práctica elusiva se realizará cumpliendo todas las normas legales y se ejecuta emitiendo diferentes facturas y por diferentes conceptos y fragmentando las rentas a varios sujetos pasivos para así disminuir la carga tributaria de cada uno.

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