Elementos constitutivos o existenciales del estado
fertax1997Trabajo21 de Enero de 2014
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
U.E.Colegio “San Pedro”
Barquisimeto, Edo LARA.
Elementos constitutivos o existenciales del estado
• Integrantes:
• Rafael .E. Vargas P.
Fernando. E. Torrealba. A.
Barquisimeto, 17 de Octubre de 2013
1. Nación: Grupo social relativamente extenso cuyos integrantes poseen un sentido de pertenencia a él, debido a rasgos culturales a una conciencia histórica común.
• Articulo N° 34: La nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad.
2. Estado: personas de características comunes como son el idioma, la cultura, su pasado histórico, sus planes futuros, se dan una organización jurídica.
• Articulo N° 2: Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
3. Población: conjunto de personas que se encuentran, así sea, circunstancialmente dentro del territorio del estado.
4. Territorio: ámbito geográfico del estado en el cual se aplicara un régimen jurídico.
• Articulo N°10: el territorio y demás espacios geográficos de la república son las que correspondían a la capitanía general de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810.
5. Sistema jurídico: conjunto de leyes que rigen la vida social, creando órganos del estado y determinando las funciones que le son de su competencia.
• Artículo N°6: El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.
6. Estado de derecho: es aquel que se rige por un sistema de leyes e institucionales ordenado entorno de una constitución la cual es el fundamento jurídico de las autoridades y funcionarios, que se someten a las normas de esta.
• Articulo N° 19: El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen.
7. Soberanía: la forman una sociedad de hombres y mujeres reunidos bajo una misma ley, costumbres y gobierno.
• Articulo N°5: la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien ejerce directamente en la forma prevista en esta constitución y en la ley, e indirectamente mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el poder público.
8. Sociedad: agrupación natural o convencional de personas, con una distinta y superior a la de los miembros individuales que se cumplen con la cooperación de sus integrantes, un fin general, de utilidad común.
• Artículo N° 79: Los jóvenes y las jóvenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y, en particular, para la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley.
9. Comunidad: formado por un conjunto de seres que se distinguen
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