En este ensayo veremos la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH)
moradithaxApuntes18 de Agosto de 2016
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ENSAYO
En este ensayo veremos la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) que es un documento que marca un hilo en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III), como un ideal común para todos los pueblos y naciones y la compararemos con nuestra Ley Suprema La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la carta magna que rige actualmente en México.
En el primer artículo de de estas ambas fuentes se habla que todas las personas gozaran en igualdad de los derecho humanos, libres y que deben de estar en paz los unos con los otros, aunque en la constitución comenta un poco temas sobre la prohibición de la esclavitud y discriminar, lo cual es algo fundamental en una sociedad, aunque en el artículo 13 de la DUDH toca también esos términos de todas las personas nacen libres e iguales ante la ley. Ya después en el dos al principio en la constitución que es un poco extenso habla sobre cómo está compuesta la pluriculturalmente la nación aunque hay semejanza con la declaración universal de los derechos humanos más adelante sobre que no habrá distinción sexo, raza, color, idioma, religión, opinión política, posición económica o cualquier otra condición, México es un país libre y con igualdad, es algo vital que no se permitan ese tipo de cosas como la discriminación, aunque puede a ver casos particulares, un día se lucho por todo eso, pagando con muertes de personas, y tenemos que corresponder a eso, respetándonos unos a otros, porque no fue en vano.
En el tercero en la Constitución habla sobre el derecho a la educación y criterios educativos que es algo muy importante para que en México se pueda desarrollar mejor calidad de educación y se puede comparar en el artículo 26 de la Declaración Universal De los derechos humanos que dice que toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. Esta tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, es algo muy importante para nuestra sociedad para mejorar y hacer crecer como personas y como Nación. Al igual en el artículo 4 que habla sobre la esclavitud que se toco en el artículo 1 de la constitución por que en verdad no de existir eso en una sociedad ni la esclavitud ni a servidumbre en todas sus formas. En el Articulo 5 de la DUDH indica algo referente a eso que nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes y así podemos compararlo con el artículo 22 de nuestra Constitución solo que en esta menciona las torturas como azotes, la marca, mutilación, tormento de cualquier especie, multa excesiva, indicando que toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado, porque es una realidad no se deben de cometer ese tipo de abusos como las torturas, dañan al ser humano porque no somos animales para ser tratados o incluso castigados de esa forma si alguno llega a violar una ley.
Ahora en el artículo 6 de la DUDH es algo corto, que indica que todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica y hay un poco de relación con el artículo 4to. Constitucional que habla sobre varios puntos en especifico como la igualdad entre el hombre y la mujer, derecho a la alimentación, ala vivienda a un buen medio ambiente que son derechos elementales en el ser humano, ya sea adulto o niño en una sociedad. El 7 de la DUDH Pues también entraría en el articulo 1 por que Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
Ya hablando de que Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley entre en el articulo 8tvo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y que existen un relación con el artículo 17 de nuestra Constitución Mexicana aunque dice que nadie podrá hacerse justicia por si mismo ni ejercer la violencia para hacer valer su derecho.
Los artículos 9 10 y 11 de la Declaración Universal de los Derechos humanos hacen mucha referencia a que nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado, que Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal y Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, así mismos tienen relación con los artículos 14, 16 y 20 de nuestra Constitución ya que también tocan esos temas a fondo y los defienden, esto es algo muy importante saberlo porque a veces la autoridad no actúa como corresponde y es necesario saber que tenemos estos derechos en igualdad y que las autoridades los valgan y se puedan respetar.
Cuando hablamos de que nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación hablamos del artículo 12 de la DUDH ya que también indica que toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques y en nuestra constitución los podemos también vincular con los Artículos 14 y 16, al menos yo tendré en cuenta este artículo porque no quiero que nadie se meta en mi correspondencia y viole mi privacidad para si se ocupa en un futuro hacerlo valer.
Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado al igual que tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio, y a regresar a su país esto es lo que dice el Artículo 13 de la DUDH que se podría comparar con el artículo 11 que indica ese derecho de entrar a la Republica Mexicana y salir de ella, viajar por el territorio y mudar de residencia, libertad de tránsito es algo muy bueno, en lo personal me gusto este mucho para conocer el país y poder también conocer otros.
Mientras que el artículo 14 de la DUDH dice que en caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país, ese párrafo también se puede observar en el artículo 11 de la constitución en el párrafo de asilo y refugio pero viene mas desglosado en el artículo 15 de nuestra constitución. Al igual se dice este derecho de asilo en el país que no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Cuando hablamos del derecho a una nacionalidad es necesario mencionar el artículo 15 de la DUDH, también indica que a nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad, podemos compararlo con el artículo 30 de nuestra constitución, basada en esa que la nacionalidad se adquiere el nacer en territorio mexicano, en algún avión u embarcación. o así mismo si estas en otro país pues en la embajada mexicana. Todos tenemos ese derecho de tener esa opción si a si lo queremos y disfrutar de nuestra nacionalidad y derechos.
Así mismo los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio. Esta noción es parte del Artículo 16 de la DUDH que hace mucha referencia a la igualdad de poder contraer nupcias sin descrinarles por raza, índole, religión, etc. y así mismos se puede comparar en el artículo 4 de nuestra Constitución ya que el párrafo del final de la DUDH tiene semejanza con un párrafo del artículo 4 Constitucional basada en la familia que es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. Algo tan cierto por que la familia es la base para la sociedad, de allí se desprende una participación y se empieza para ser una sociedad mejor.
En el derecho de propiedad pues es necesario saber que se tiene derecho a tenerla individual y colectivamente y que nadie será privado arbitrariamente de esta misma ,algo sumamente importante el tenerlo presente, porque a nadie se le puede prohibir el tener donde vivir, refugiar a su familia y porque no, disfrutar de ella , invertirle y vivir cada día mejor, así lo dice el artículo 17 de la DUDH y que se encuentra una semejanza con el artículo 14 y 16 de nuestra Constitución Mexicana en precisamente en que a ninguna ley se dará efecto retroactivo en prejuicio de alguna persona en cuanto ser privado de algunas de sus propiedades, posesiones o derechos, sino en juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho. Aquí también podemos ver el principio de legalidad en materia civil que dice que en los juicios de esta materia, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de éste se fundará en los principios generales del derecho.
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