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Fusion.


Enviado por   •  15 de Julio de 2014  •  Síntesis  •  820 Palabras (4 Páginas)  •  166 Visitas

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DEFINICION

La fusión de sociedades mercantiles consiste en la desaparición de una ovarías entidades económicas con personalidad jurídica propia (fusionadas), las cuales traspasan sus bienes, derechos y obligaciones a la sociedad que continuará operando(fusionante).La fusión de sociedades se configura por una operación en la cual una o más sociedades transfieren a otra sociedad la totalidad de su patrimonio (compuesto por bienes, derechos y obligaciones), mediante la atribución a los socios de las sociedades disueltas de acciones de la sociedad que recibe el patrimonio.

TIPOS

Desde el punto de vista jurídico existen dos tipos de fusión de sociedades:

La fusión pura o fusión por integración: Es aquella en la que desaparecen todas las sociedades y surge una nueva que se constituye con las aportaciones de los patrimonios de las sociedades que se fusionan.

La fusión por incorporación o absorción en la que algunas de las sociedades se extinguen para ingresar mediante la transmisión total de su patrimonio a otra sociedad preexistente denominada fusionante.

Desde el punto de vista financiero, las fusiones se pueden clasificar en:

• Fusión Horizontal. Cuando se hace entre empresas que producen productos similares.

• Fusión Vertical. Cuando una empresa adquiere otra que es o una fuente de abastecimiento o un cliente potencial.

• Fusión de Conglomerado. Cuando las empresas tienen productos en mercados distintos.

Con base en lo anterior las sociedades que se fusionan pueden ser de capitales o de personas, de igual o distinta naturaleza, y en todo caso formar una distinta a las participantes.

ETAPAS DE LA FUSION:

ASPECTOS LEGAL:

Para conocer los aspectos legales que rigen la fusión de sociedades son los siguientes, plasmados en el Código de Comercio, los cuales establecen los procedimientos que deben seguir las empresas que quieren fusionarse y la oposición que pueden formular los acreedores de las mismas:

Artículo 343. La fusión de varias sociedades entre sí deberá ser acordada por, por cada una de ellas.

Artículo 344. Los administradores de cada una de las compañías presentarán al Tribunal de Comercio, para su registro y publicación, el acuerdo en que se haya decidido la fusión. También presentarán sus respectivos balances.

Artículo 345. La fusión no tendrá efecto sino después de transcurrido tres meses desde la publicación indicada en el artículo precedente, a no ser que conste el pago de todas las deudas sociales, o el consentimiento de todos los acreedores. Durante el término expresado podrá cualquier acreedor social formular su oposición. La oposición suspenderá la fusión hasta que sea desechada por sentencia firme.

Artículo 346. Transcurrido sin oposición el término indicado, podrá realizarse la fusión y la compañía que quede subsistente o que resulte

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