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Enviado por   •  24 de Septiembre de 2014  •  657 Palabras (3 Páginas)  •  136 Visitas

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Una vez leído el cargo indilgado, hacer un análisis a los hechos y de más presupuestos declarados por la Coordinación De Control Disciplinario Interno Regional Sur, manifiesto el ejercicio del derecho de defensa y contradicción a través de los Alegatos de Conclusión que me permito presentar en esta diligencia. Todo lo anterior expresando la imposibilidad de tener contacto con mi apoderada, ya que se intentó comunicar nuevamente con mi defendida pero no fue posible su contacto.

2. yo JULIAN CAMILO PUENTES FERNANDEZ, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Rivera (H), identificado con Cédula de Ciudadanía N°.1.075.281.699 expedida en la ciudad de Neiva (H), estudiante de Octavo (VIII) semestre de Derecho de la Universidad Cooperativa De Colombia Sede Neiva, con código estudiantil 299350, conforme a las facultades prescritas en el Decreto 196 de 1971; y actuando como Defensor de Oficio del señora YENNIFER PREZ BARRERO, identificado con Cédula de Ciudadanía N°1.110.060.648, por medio del presente escrito, estando dentro del término legal respectivo, me permito exponer ante su despacho, dentro del proceso de referencia, los descargos correspondientes al Pliego de Cargos de fecha Agosto 27 de 2014, a lo cual procedo en los siguientes términos, no sin antes advertir la siguiente:

CAUSALES DE JUSTIFICACION

Como apoderado de oficio de la Señora YENNIFER PEREZ BARRERO solicito causal de justificación de lo actuado, en virtud del artículo 28 del Código Único Disciplinario, que estipula:

ARTÍCULO 28. “causales de la exclusión de la responsabilidad disciplinaria. Esta exento de responsabilidad disciplinaria quien realice la conducta:

1. Por fuerza mayor o caso fortuito.

2. En estricto cumplimiento de un deber constitucional o legal de mayor importancia que el sacrificado.

3. En cumplimiento de orden legítima de autoridad competente emitida con las formalidades legales.

4. Por salvar un derecho propio o ajeno al cual deba ceder el cumplimiento del deber, en razón de la necesidad, adecuación, proporcionalidad y razonabilidad.

5. Por insuperable coacción ajena o miedo insuperable.

6. Con la convicción errada e invencible de que su conducta no constituye falta disciplinaria.

7. En situación de inimputabilidad. En tales eventos se dará inmediata aplicación, por el competente, a los mecanismos administrativos que permitan el reconocimiento de las inhabilidades sobrevinientes.

En el caso que nos ocupa las causales que se invocan son el numeral sexto

(6) de la norma anteriormente citada.

FUNDAMENTOS

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