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JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO

SIDARTHA198928 de Febrero de 2014

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ESTHER GALINDO GALINDO

SUCESORIO INTESTAMENTARIO

EXP. No.

C. JUEZ EN TURNO DE LO FAMILIAR

DEL DISTRITO FEDERAL.

LEONEL GARCÍA LOZA, DIANA CATALINA, JUAN MARIO, VERÓNICA MARICELA, ARACELI TEODORA Y JOSÉ LUÍS DE APELLIDOS GARCÍA GALINDO, En nuestro carácter, el primero como cónyuge supérstite y los restantes como posibles coherederos en la Sucesión al rubro indicada, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos el que se ubica en Calle Norte 66 Número 3811 en la Colonia Río Blanco, Delegación Gustavo A. Madero, en México Distrito Federal, autorizando para los mismos efectos antes indicados a los LICENCIADOS EN DERECHO LUIS DEMETRIO REYES HERNÁNDEZ, ISMAEL MUÑOZ GODOY Y PEDRO MEJIA CRUZ así como a los CC. JESÚS COLORADO BALLESTEROS, DANIEL MOSQUEDA HERNÁNDEZ, MIGUEL ÁNGEL ORTEGA ZAMORA, JOSÉ ROBERTO FLORES GARCÍA, MARÍA EUGENIA VILLASANA HERNÁNDEZ Y MARÍA JUANA RAMÍREZ TORRES, comparezco ante Usted respetuosamente para exponer:

Que por medio del presente escrito, denunciamos el Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de la Señora ESTHER GALINDO GALINDO, quien falleció el día 13 de Febrero del año 2010, de la cual tenemos conocimiento que la Autora de la Sucesión no dejó disposición testamentaria alguna, por ello solicitamos se giren los oficios de estilo, nos basamos en los preceptos del orden legal que más adelante se invocarán y en los siguientes:

H E C H O S:

1.- En fecha 13 de Febrero del 2010, falleció la Señora ESTHER GALINDO GALINDO, como se acredita con el Acta de Defunción que sé anexa al presente ocurso con el número 1.

2.- La Autora de la Sucesión en fecha a 14 de Diciembre de 1950, contrajo matrimonio civil bajo el Régimen de Sociedad Conyugal, con el suscrito LEONEL GARCÍA LOZA, ante el C. Oficial 01 del Registro Civil de Tecámac, Estado de México, lo cual se acredita con el acta de matrimonio que se exhibe con el número 2.

3.- La de Cujus procreó en su matrimonio celebrado con el suscrito LEONEL GARCÍA LOZA, a cinco hijos de nombres JUAN MARIO, VERÓNICA MARICELA, DIANA CATALINA, ARACELI TEODORA Y JOSÉ LUÍS todos de apellidos GARCÍA GALINDO, situación que se acredita con los atestados de nacimiento que se anexan con los números 3 al 7.

4.- Se manifiesta que la autora de la Sucesión al parecer y sin constarnos no dejó disposición testamentaria alguna, por ello se solicita se giren los oficios de estilo a las Dependencias marcadas por la Ley.

5.- El último domicilio que tuvo la Autora de la Sucesión, fue el ubicado en Calle 1503, Número 130, Unidad Aragón, Delegación Gustavo A. Madero, en esta Ciudad de México Distrito Federal, por lo cual su Señoría es competente para conocer del presente asunto.

6.- Manifestamos BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que no hay otras personas con igual o mejor derecho que heredar en la presente denuncia, dado que la Señora ESTHER GALINDO GALINDO, no legitimó, adoptó o reconoció hijos aparte de los ya mencionados.

7.- Por otra parte, en términos del Artículo 53 del Código de Procedimientos Civiles, vigente, designamos como representante común de los posibles coherederos en la presente Sucesión a nuestro padre LEONEL GARCÍA LOZA, para los efectos legales a que haya lugar, al igual que a éste lo nombramos como Albacea provisional y en su momento procesal oportuno como Albacea definitiva.

8.- Los suscritos JUAN MARIO, VERÓNICA MARICELA, DIANA CATALINA, ARACELI TEODORA Y JOSÉ LUÍS todos de apellidos GARCÍA GALINDO, repudiamos nuestros posibles derechos hereditarios de la presente Sucesión, de manera lisa y llanamente a favor de nuestro padre LEONEL GARCÍA LOZA, en caso de ser necesario se ratificara ante la presencia judicial, para que surta sus efectos.

D E R E C H O:

Se funda la presente denuncia en lo dispuesto por los Artículos 1, 18, 35, 103, 119, 134, 8138, 178, 183, 1281, 1282, 1313, 1378, 1599, 1602, 1603, 1604, 1608, 1624, 1653, y demás relativos del Código Civil Vigente para el Distrito Federal.

Se norma el procedimiento por lo dispuesto en los Artículos 769, 782, 785, 786, 787, 788, 799, 800, 801, 802, y demás conducentes del Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Distrito Federal.

Por lo expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, Atentamente pedimos:

PRIMERO.- Tenernos por presentados con este ocurso y documentos que exhibimos, denunciando el Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de ESTHER GALINDO GALINDO.

SEGUNDO.- Tener por radicada la presente Sucesión, debiéndose ordenar girar los Oficios de estilo al Archivo General de Notarías, al Archivo Judicial y demás dependencias para que estos informen a este H. Juzgado si la de cujus otorgó alguna disposición testamentaria.

TERCERO.- Tener por autorizadas a las personas que se indican así como también el domicilio que se detalló en el proemio de esta denuncia.

CUARTO.- Tener como Albacea provisional y en su momento procesal como definitiva a nuestro Señor padre, al igual como representante común en la presente sucesión, en términos de lo solicitado en el hecho 7.

QUINTO.- Agotados los estadios procesales se pide se dicte el auto declarativo de herederos que en derecho proceda en la presente Sucesión.

PROTESTAMOS LO NECESARIO

México, D.F., A de Marzo de 2010.

LEONEL GARCÍA LOZA DIANA CATALINA GARCÍA GALINDO

JUAN MARIO GARCÍA GALINDO VERÓNICA MARICELA GARCÍA GALINDO

ARACELI TEODORA GARCÍA GALINDO JOSÉ LUÍS GARCÍA GALINDO,

MONTES OTERO MARÍA GRACIELA TAMBIÉN

CONOCIDA COMO GRACIELA MONTES OTERO

SUCESORIO INTESTAMENTARIO

EXP. No.

C. JUEZ EN TURNO DE LO FAMILIAR

DEL DISTRITO FEDERAL.

JOSÉ MARÍA LEONEL VÁZQUEZ RANGEL o LEONEL VÁZQUEZ RANGEL, MARTÍN JOSÉ LUIS Y CARMEN GRACIELA AMBOS DE APELLIDOS VÁZQUEZ MONTES, En nuestro carácter el primero de Cónyuge supérstite y los dos restantes como posibles coherederos en la Sucesión al rubro indicada, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos el que se ubica en Calle Norte 66 Número 3811 en la Colonia Río Blanco, Delegación Gustavo A. Madero, en México Distrito Federal, autorizando para los mismos efectos antes indicados a los LICS. LUIS D. REYES HERNÁNDEZ, FLOR ALEJANDRA KIWAN ALTAMIRANO, HUGO SÁNCHEZ CRESPO Y DANIEL LÓPEZ NERI, así como a los CC. ALEJANDRO ALTAMIRANO FLORES, JESÚS COLORADO BALLESTEROS, ALAIN HERNÁNDEZ BENNETTZ, MIGUEL ÁNGEL ORTEGA ZAMORA, MARIA JUANA RAMÍREZ TORRES Y MARIA EUGENIA VILLASANA HERNÁNDEZ, comparecemos ante Usted para exponer:

Que por medio del presente escrito, venimos a denunciar el Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de la Señora MARÍA GRACIELA MONTES OTERO también conocida como GRACIELA MONTES OTERO, quien falleció el día 17 de Junio del 2002, de la cual tenemos conocimiento que la autora de la sucesión no dejó disposición testamentaria alguna, por ello solicitamos se giren los oficios de estilo, nos basamos en los preceptos del orden legal que más adelante se invocarán y en los siguientes:

H E C H O S:

1.- En fecha 17 de Junio del 2002, falleció la Señora MARÍA GRACIELA MONTES OTERO también conocida como GRACIELA MONTES OTERO, asentándose en el estado civil de la de cujus, casada con JOSÉ MARÍA VÁZQUEZ, por ello realice la rectificación de dicha acta de defunción, en el nombre del suscrito, como consta en la anotación, tal y como se acredita en dicha acta que se anexa al presente ocurso con el Número 1.

2.- La autora de la Sucesión en fecha 31 de Octubre de 1960, contrajo matrimonio civil bajo el Régimen de Sociedad Conyugal, con el suscrito JOSÉ MARÍA LEONEL VÁZQUEZ RANGEL, en donde nos ostentamos como GRACIELA MONTES OTERO y LEONEL VÁZQUEZ RANGEL, por ello pedí la rectificación de mi nombre en dicha acta de matrimonio, tan es así que dicha acta de matrimonio tiene una anotación marginal, lo cual se acredita con el acta de matrimonio que se exhibe con el número 2.

Hago del conocimiento de su Señoría, que el suscrito de manera indistinta he utilizado los nombres de JOSÉ MARÍA LEONEL VÁZQUEZ RANGEL, LEONEL VÁZQUEZ RANGEL, JOSÉ MARÍA VÁZQUEZ, pero siendo la misma persona, lo cual acredito con el instrumento 41,609, del Volumen 734, Folio 048, de fecha 16 de Marzo del año 2007, tirado ante la fe de la LIC. FLOR DE MARIA ALTAMIRANO MAYORGA, Notario Público, Número 23 del Estado de México, anexando dicho instrumento a este escrito con el número 3.

3.- La de Cujus procreó en su matrimonio celebrado con el suscrito JOSÉ MARÍA LEONEL VÁZQUEZ RANGEL o LEONEL VÁZQUEZ RANGEL, a dos hijos de nombres MARTÍN JOSÉ LUIS Y CARMEN GRACIELA de apellidos VÁZQUEZ MONTES, situación que se acredita con los atestados de nacimiento que se anexan con los números 4 y 5.

4.- Se manifiesta que la autora de la Sucesión al parecer y sin constarnos no dejó disposición testamentaria alguna, solicitando se giren los oficios de estilo a las Dependencias marcadas por la Ley.

5.- El último domicilio que tuvo la autora de la Sucesión, fue el ubicado en Calle Eugenio Aguirre Banvid, Manzana 14, Lote 20, Colonia Ampliación Santa Martha Acatitla, Delegación Iztapalapa, Código Postal 09510, en

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