LA SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA
murelo1907Informe6 de Octubre de 2012
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LA SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA
La sociedad anónima abierta se identifica con la gran sociedad anónima que es promovida por unos pocos pero que necesita del capital de muchos y, por tanto, recurre al ahorro público. Este tipo de sociedad ha de apelar, para su financiación, al mercado de capitales y busca inscribir sus acciones en el Registro Público de Valores a fin de cotizar en bolsa las acciones. La característica de este tipo de sociedad es la de la heterogeneidad de la composición de su accionario, que no puede dejar de influir en el funcionamiento de estas sociedades y que se deriva del hecho de recurrir a amplias masas de capital en mano de un gran público indefinido. Así encontramos un grupo o grupos de accionistas que controlan la sociedad frente a otro grupo que se desentiende de la marcha de la misma, renunciando a ejercitar se derecho de voto. Cada grupo tiene intereses distintos.
LA CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA
La Constitución de una Sociedad, es un acto formal, que debe constar por escrito. Debe existir un acuerdo expreso de las personas que la conformen. Debe cumplirse con algunos requisitos, sin los cuales, no se puede formalizar la empresa:
OBJETO SOCIAL
Es el rubro de actividades comerciales, industriales o de servicios que va a realizar la empresa.
NOMBRE
Las sociedades son Personas Jurídicas;
En consecuencia, requieren contar con una denominación o razón social.
No debe utilizarse una denominación ya existente o similar.
DENOMINACIÓN:
Sin perjuicio de aplicar las normas generales relativas a la denominación de la sociedad, la denominación debe incluir la indicación “Sociedad Anónima Abierta” o las siglas S.A.A.
CAPITAL SOCIAL
El capital social de la sociedad es el aporte o inversión que efectúan los socios.
Puede ser en efectivo o en bienes.
Debe establecerse el monto del capital antes de la constitución.
SOCIOS
Los socios son las personas que constituirán la sociedad o que se integrarán luego de su constitución.
Pueden ser fundadores.
Simplemente socios.
El número mínimo es dos (2).
ETAPAS DE LA CONSTITUCIÓN
MINUTA DE CONSTITUCIÓN
Documento que se redacta por Abogado que establece el pacto social. Incluye:
Estatutos
Designación de representantes
Duración de los cargos
ESCRITURA PÚBLICA
Documento que realiza un Notario Público en el que se incluye o inserta, la Minuta de Constitución y los Estatutos. Se le conoce también como Testimonio de Constitución.
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO
El Notario, luego de que la Escritura Pública ha sido suscrita por los socios, elabora los partes y envía a los Registros Públicos para su debida inscripción.
REPRESENTANTES LEGALES
Son las personas que ejercen la representación de las sociedades. Pueden ser: Accionistas, Socios, Directores, Gerentes o Apoderados.
OBTENCIÓN DEL R.U.C.
Inscrita la sociedad, se procede a solicitar la inscripción en la SUNAT para la obtención del R.U.C.
LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO
La Licencia Municipal de Funcionamiento se requiere para que la sociedad pueda funcionar en un determinado local. Puede ser:
Provisional
Indefinidad
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