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Lagunas Bioeticas


Enviado por   •  24 de Febrero de 2014  •  654 Palabras (3 Páginas)  •  179 Visitas

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LAGUNAS BIOETICAS

(Análisis del fallo sobre crio-conservación de embriones)

En el ámbito de la teoría de la argumentación jurídica, se han reconocido tres tipos de casos: simples, trágicos y difíciles. Estos dos últimos son los que despiertan mas controversia a la hora de su resolución ya que, como explica Manuel Atienza, son supuestos en los que la tarea de establecer la premisa fáctica o la premisa normativa en el silogismo judicial, exige nuevas argumentaciones que pueden ser o no deductivas . A la hora de encontrar una solución, entran en juego no solo leyes, sino también Principios y consideraciones axiológicas.

El tema en análisis cuadra dentro de los casos difíciles que plantea el autor. La sentencia hace lugar a lo peticionado por la actora (es decir, la implantación de los embriones en el seno materno) en relación a dos ejes: por un lado, el respeto del derecho a la vida de los embriones y por otro la teoría de los actos propios. Pero, resulta razonable?

En el primer sentido, en los pactos internacionales ratificados por nuestro país y la Constitución de la Pcia de Buenos Aires (art 12) es posible advertir que la existencia de la persona se da desde la concepción. La normativa civil interna, hace referencia a la “concepción en el seno materno”. A la luz de ello, podríamos decir que los embriones, entonces, no deberían ser considerados vida. Llegar a esa solución sería aberrante desde un punto de vista razonable, por lo tanto, considero que por aplicación del artículo 16 del Cod Civil, una interpretación extensiva resulta viable. Entonces, los embriones crio-conservados en el IFER, son vida.

En el segundo eje argumental, debemos preguntarnos que es el consentimiento informado. Es uno de los principios que rige el ámbito de la bioética y, en palabras del profesor Tinant, se trata “de la obligación de informar a la persona afectada acerca del propósito del tratamiento terapéutico indicado, sus riesgos, beneficios y alternativas posibles, garantizando su derecho a recibir información adecuada, de forma que comprenda y pueda tomar decisiones voluntarias sobre su aceptación o no”. Constituye una declaración de voluntad , que parte de la idea de tomar al paciente como un agente moral activo, capaz de decidir y disponer de su propio cuerpo.

Ante esto, el matrimonio dio su consentimiento informado al iniciar el tratamiento.

El tribunal recurrió a la teoría de los actos propios para desvirtuar el pedido de la contraparte. Esta doctrina proclama el principio general de derecho que norma la inadmisibilidad de actuar contra los propios actos. De esta forma, se autoriza a la madre a la implantación de los embriones.

Hasta aquí, parece que el Tribunal llego a una solución satisfactoria de nivel de derecho positivo, como en relación

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