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Las leyes sobre la adopción de niños


Enviado por   •  21 de Mayo de 2014  •  Informes  •  681 Palabras (3 Páginas)  •  149 Visitas

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ADOPCIÓN

Concepto Es la institución en virtud del cual se crea entre dos personas un vínculo similar al que deriva de la filiación y mientras a filiación constituye un vínculo originado biológicamente, la adopción constituye un vínculo paterno-filial creado por el derecho.

La palabra adoptar significa admitir o aceptar.

Reseña histórica El 1948 se sanciona la ley 13.252 que incorpora la adopción a nuestro ordenamiento jurídico positivo con un régimen de adopción simple únicamente (no adquiría vínculo familiar con los parientes del adoptante, ni derechos por representación, etc.).

Así, en 1971 se pone en vigencia la ley 19.134 que reemplaza a aquella e introduce los dos tipos de adopción: la simple y la plena.

En 1997 dicha ley es reemplazada por la 24.779 (rige hoy) que introduce la adopción al Código Civil.

Finalidad Dar hijos a quien no los tiene por naturaleza con lo cual le permite cumplir con su vocación paternal o maternal y por otro lado, dar padres a quien no los tiene, sea porque los perdió o porque no es reconocido por ellos.

Sujetos intervinientes 1) El niño

2) La familia biológica

3) Los adoptantes

Requisitos - Tener más de 30 años aunque si acredita que no puede procrear por más que tenga 25 años puede adoptar.

- Toda persona cualquiera sea su estado civil: soltero, casado, viudo, separado o divorciado.

- Que acredite residencia en el país mínima de 5 años sobre todo antes de la guarda pre-adoptiva.

- Diferencia de 18 años entre el adoptado y el adoptante (por eso un hermano no se puede adoptar con otro hermano)

- Prohibida la adopción por más de dos personas

- La ley permite el cambio del nombre hasta los 6 años de edad (crítica a la ley ya que el niño desde el primer año de edad reconoce como es llamado)

- El juez debe tomar contacto personal con los futuros adoptantes y el niño pero no esta obligado a tomar contacto con la familia biológica del niño (discriminación y falta de derechos a la familia de origen por parte de la ley)

- Dentro de los 60 días de nacido el bebe se lo puede dar en adopción y deben prestar consentimiento al juez.

- No es necesario el consentimiento cuando se haya comprobado un abandono de 1 años como mínimo o cuando los padres biológicos hayan sido privados de la P.P.

- La adopción integra el derecho a la identidad cuando compromete a los padres adoptivos el informarle a sus adoptantes su realidad biológica y cuando a los 18 años

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