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Libro Diario Simplificado


Enviado por   •  21 de Junio de 2014  •  861 Palabras (4 Páginas)  •  278 Visitas

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Introducción

Como parte de nuestra política de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, la SUNAT pone a su disposición esta herramienta de consulta y orientación tributaria, la cual está dirigida a los Contadores Públicos, quienes tienen o tendrán la responsabilidad de aplicar los procedimientos operativos contables y formular los estados financieros de las empresas, establecidos por las normas contables oficializadas correspondientes.

Como sabemos la información que se registra en los libros contables contienen el detalle de todas las operaciones económicas de una empresa y esta puede ser utilizada con diferentes propósitos: financieros, societarios y tributarios, entre otros. Asimismo, la contabilidad tiene usuarios tanto internos como externos, que requieren de un mayor o menor grado de detalle de la información.

Desde el punto de vista financiero, el Consejo Normativo de Contabilidad ha oficializado el uso obligatorio de las Normas Internacionales de Información Financiera. Desde el punto de vista tributario, se ha normado el uso de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, que permiten llevar un ordenamiento confiable del manejo de las operaciones económicas y cumplir adecuadamente con las obligaciones tributarias.

Dicho llevado puede ser manual, en hojas sueltas o continuas, o electrónico. En el caso de las empresas comprendidas en el Régimen General del Impuesto a la Renta cuyos ingresos brutos no superen anualmente las 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT)2, además de los Registros de Compras y de Ventas, es obligatorio que también lleven el Libro Diario de Formato Simplificado.

LIBRO DIARIO SIMPLIFICADO

Es un registro cronológico de las operaciones contables que muestra los

nombres de las cuentas, los cargos y abonos que en ellas se realizan, así como cualquier información complementaria que se considere útil para apoyar la correcta aplicación contable de las operaciones realizadas. También es

conocido como "libro de primera anotación".

Con respecto al Libro Diario de Formato Simplificado se producen cambios y

las implicancias más relevantes que dichos cambios producen son las siguientes:

En él se asienta por primera partida el resultado del inventario con el que

cuenta la entidad al inicio de sus operaciones. De este libro se toman los datos para su traspaso al libro mayor.

• Ya no es parte del Libro Diario sino califica como otro libro independiente del

diario general.

• Ello conlleva a concluir que resulta obligatorio su llevado, debidamente

legalizado. • Asimismo, ya no sustituye a los libros principales tales como

Mayor y Caja y Bancos.

Obligados Están obligados a llevar el Libro Diario de Formato Simplificado, los

contribuyentes cuyos ingresos brutos correspondientes al año anterior no superan las 150 UIT.

Plazo máximo de atraso_ De acuerdo con el Anexo 2 de la Resolución, el

plazo máximo de atraso para el Libro Diario de Formato Simplificado corresponde a tres 3 meses desde el primer día hábil siguiente de realizadas.

Requiere contener los siguientes datos de cabecera:

–Denominación del libro.

-Período y/o ejercicio al que corresponde la información registrada.

–Número

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