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Lo Positivo Y Negativo De La Punibilidad


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2013  •  386 Palabras (2 Páginas)  •  1.223 Visitas

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Punibilidad significa cualidad de punible, es decir aquella conducta a la que se tiene la posibilidad de aplicar una sancion o pena juridica. La Punibilidad significa la posibilidad de aplicar pena, atendiendo a esto no a cualquier delito se le puede aplicar pena.

Excusas Absolutorias

Son circunstancias personales que determinan la exclusión de la pena en un comportamiento antijurídico y culpable. la denominación de excusas absolutorias son figuras jurídicas cuya función es dejar sin punición determinados hechos delictivos no obstante estar presentes en ellos las notas de antijuridicidad tipificada y culpabilidad.

Diferencia entre las excusas absolutorias y las causas de exclusión del delito

En las causas de justificación no existe un delito en si, el hecho es perfectamente lícito y permitido, mientras que en las excusas absolutorias, no hay pena y el hecho es antijurídico e ilícito.

La diferencia más representativa entre las excusas absolutorias, y las de justificación es aquella donde en las excusas técnicamente llamadas causas de impunidad legal se configura el delito y su autor pero no hay pena; en las causas de justificación aunque existe un hecho aparentemente delictivo, no hay delito y las causas de inimputabilidad, es que aún existiendo el delito no hay delincuente.

Clasificación de las excusas absolutorias:

Excusas en razón de los móviles afectivos revelados, En algunos casos este tipo de excusas son: el encubrimiento de personas que sean parientes en línea recta ascendiente o descendiente, consanguínea, afín o por adopción, el cónyuge, concubinario o concubina y parientes colaterales por consaguinidad hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo, o quines estén ligados con el agente por amor, respeto, gratitud o estrecha amistad .

Excusas en razón de la patria potestad o de la tutela. Tienen su sustento en el hecho de que quienes ejercen la patria potestad pueden corregir y castigar a sus hijos de una manera mesurada y que ellos les incumbe la educación conveniente de los hijos.

Excusas en razón de la maternidad consiente. Un ejemplo podria ser el aborto no punible causado sólo por imprudencia de la mujer embarazada, o cuando el embarazo sea el resultado de una violación.

Excusas en razón del interés social preponderante. Nacen debido al interés social vinculado al derecho profesional o al ejercicio de una función publica.

Excusas en razón de la temibilidad específicamente mínima revelada. En función de la poca peligrosidad que representa el sujeto activo.

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