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Los Principios De Paris Han Sido Adoptados En El Momento De Los Primeros Encuentros Internacionales De Las Instituciones Nacionales De Los Derechos Humanos En Paris, 1991. Han Sido Adoptados Por La Asamblea General De Las Naciones Unidas En 1993. Nota:


Enviado por   •  19 de Marzo de 2013  •  298 Palabras (2 Páginas)  •  709 Visitas

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Los Principios de Paris han sido adoptados en el momento de los primeros encuentros internacionales de las instituciones nacionales de los derechos humanos en Paris, 1991.

Han sido adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993.

Nota: En octubre de 1991, el Centro de Derechos Humanos organizó una reunión técnica internacional a fin de examinar y actualizar la información relativa a las instituciones nacionales de derechos humanos existentes. A la reunión asistieron representantes de instituciones nacionales, Estados, las Naciones Unidas, sus organismos especializados, organizaciones intergubernamentales y organizaciones no gubernamentales.

Además de intercambiar puntos de vista sobre las disposiciones vigentes, los participantes formularon un amplio conjunto de recomendaciones sobre la función y la composición, así como sobre el estatuto y las funciones de las instituciones nacionales de derechos humanos. A continuación, se resumen estas recomendaciones, que la Comisión de Derechos Humanos hizo suyas en marzo de 1992.

Los Principios de Paris han sido adoptados en el momento de los primeros encuentros internacionales de las instituciones nacionales de los derechos humanos en Paris, 1991.

Han sido adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993.

Nota: En octubre de 1991, el Centro de Derechos Humanos organizó una reunión técnica internacional a fin de examinar y actualizar la información relativa a las instituciones nacionales de derechos humanos existentes. A la reunión asistieron representantes de instituciones nacionales, Estados, las Naciones Unidas, sus organismos especializados, organizaciones intergubernamentales y organizaciones no gubernamentales.

Además de intercambiar puntos de vista sobre las disposiciones vigentes, los participantes formularon un amplio conjunto de recomendaciones sobre la función y la composición, así como sobre el estatuto y las funciones de las instituciones nacionales de derechos humanos. A continuación, se resumen estas recomendaciones, que la Comisión de Derechos Humanos hizo suyas en marzo de 1992.

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