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MUTUALES DEFINICION


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2013  •  Tesis  •  421 Palabras (2 Páginas)  •  272 Visitas

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MUTUALES DEFINICION

Ha sido definida doctrinariamente como: "Una sociedad de personas que, corriendo todos ciertos riesgos, los ponen en común y se comprometen a indemnizarse los unos a los otros por medio de cotizaciones, en caso de ocurrir un siniestro; desempeñando así cada asociado el doble papel de asegurador y asegurado".

Estas asociaciones son, pues, una de tantas manifestaciones del concepto económico de la cooperativa, ya que la mutualidad, después de todo no es sino una cooperación.

OBJETIVO

Estas sociedades mutuales pueden funcionar bajo el sistema de primas fijas o de primas variables.

PRIMAS FIJAS: Son aquéllas que tienen por objeto la cobertura del riesgo de los socios, mediante una prima fija, antes del comienzo del riesgo.

PRIMAS VARIABLES: Son sociedades fundadas sobre el principio de ayuda recíproca, y tienen por objeto la cobertura en común del riesgo asegurado de sus socios, mediante una derrama (contribución extraordinaria o de carácter temporal, repartimiento de una contribución) con posterioridad, con responsabilidad mancomunada y proporcional a los capitales asegurados.

CARACTERISTICAS

Carácter asociativo

Voluntariedad de pertenencia

Variabilidad del número de socios y capital

Igualdad de derechos y obligaciones

NATURALEZA LEGAL

Artículo 62 de la CRBV: “Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas”.

Artículo 70 de la CRBV: “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicios… las instancias de atención ciudadana… las cooperativas, cajas de ahorros, mutuales y demás formas asociativas…”

Artículo 118 de la CRBV: “Se reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras, así como de la comunidad para desarrollar asociaciones de carácter social y participativo, como las cooperativas, cajas de ahorro, mutuales, y otras formas asociativas”.

Artículo 132 de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros: “La función primordial de los productores de seguros dentro del mercado asegurador es la de dispensar su mediación para la celebración de los contratos de seguros y asesorar a los asegurados y contratantes”.

Artículo 138 de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros: “no podrán actuar como productores de seguros

ORGANIZACIÓN

Es

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