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Enviado por   •  9 de Mayo de 2013  •  1.867 Palabras (8 Páginas)  •  237 Visitas

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Estimados participantes,

A lo largo de la historia es observado como el Derecho Internacional Público se adapta a los distintos fenómenos que afectan a la sociedad mundial, convirtiéndose en una rama de las ciencia jurídica que actúa contribuyendo con la búsqueda de la estabilidad entre aquellos que se rigen por ella, intentando preservar un ambiente de paz que la misma cronología de su aplicación nos ha demostrado que es delicada y sublime ante cualquier amenaza.

Cuando esta rama se acerca al área de las penas y al ámbito de la justicia, en el momento en que los individuos se ven afectados por un conflicto armado que promueve la violación de sus derechos fundamentales, el Derecho Penal Internacional surge efecto colaborando con la función de los Estados a ser garantes de que —como decía Ulpiano— «dar a cada quien lo que le corresponde».

Para un participante de Modelos de Naciones Unidas, adentrarse en dinámicas diferentes a las vistas comúnmente representa un reto importante en su crecimiento personal, y es por ello que a través de los distintos comités que brinda UC-MUN Internacional 2013 se llega a la propuesta de realización de una Corte Penal Internacional (CPI), la cual combina no solamente los elementos de la ciencia jurídica previamente aludidos, sino un sistema de trabajo interesante cuyo resultado se traduce en una fuente importante de Derecho, como lo son las sentencias emanadas de esta corte.

Es intención del equipo de trabajo que integra esta mesa directiva, encaminar la simulación hacia la obtención de los puntos más importantes del desarrollo de la sala de Juicio de la CPI, como lo son el manejo de lo estipulado en el Estatuto de Roma, los elementos de los crímenes y las reglas de procedimiento de la misma, promoviendo acertar en el conocimiento de los hechos, la interpretación de las evidencias y el análisis de los testimonios, todo con el fin de poder actuar con el respeto al debido proceso. De igual forma se ha seleccionado un caso, actualmente tratado en este magno órgano para que sean ustedes, indiferentemente del cargo que ostenten, el pilar fundamental para encontrar la justicia ante tanta desgracia vivida en la República Centroafricana.

Una situación particular, para un evento que siempre busca destacarse en el ámbito académico nos llevo a determinar cómo en una situación como las comúnmente tratadas por la CPI, lidia con un caso en el que la situación de la violencia sexual parece superar a las víctimas de asesinatos, todo enmarcado en un contexto de conflicto armado entre las fuerzas rebeldes y las gubernamentales, buscando determinar la conexión entre los crímenes de guerra y los de lesa humanidad tipificados en el Estatuto de Roma y que forman parte de las razones por las cuales Jean-Pierre Bemba Gombo es nuestra selección para brindarte una gran experiencia dentro de lo que esperamos sea más que un reto, que sea una oportunidad de enriquecer sus conocimientos y técnicas dentro de este tipo de sistemas.

Deseando generar una excelente simulación,

Se despide,

Leopoldo Rojas

Juez Principal de la Corte Penal Internacional

Cpi.ucmun2013@gmail.com

Antecedentes en el ejercicio del Derecho Penal Internacional:

Con el fin de la 2da guerra mundial con los catastróficos hechos ocurridos en el marco de la misma se pudo vislumbrar en el marco de las necesidades jurídicas que poseía la comunidad internacional, la falta de una codificación adecuada para tratar dos aspectos importantes que contemplaban parte del ejercicio de las relaciones entre los Estados. La primera es el trato hacia los individuos basados en la «Declaración de los Derechos del Hombre», documento resultante de la revolución francesa y de gran importancia en el marco de la protección de las personas, y segunda son las «Leyes o costumbres de la guerra», las cuales con carácter consuetudinario regulan el cómo es manejada la guerra en cuanto a ataques y tratos entre las fuerzas que se enfrentan y protección de civiles que se encuentren en el territorio afectado por la misma.

Tras la finalización de la misma y con el suicidio y sucesión del gobierno alemán de Adolfo Hitler a Karl Donitz, la búsqueda por la justicia llevo a las fuerzas aliadas —Estados Unidos, Francia, Reino Unido y la Unión Soviética— a establecer un sistema a través del cual todos los involucrados en actos relativos al inicio de la guerra, maltrato de civiles, actos de antisemitismo y otros tipo de discriminación, fuesen procesados y llevados ante este mismo para poder evitar que este tipo de hechos ocurrieran nuevamente en ocasiones posteriores en conflictos armados.

Fue entonces con la redacción y aplicación del Estatuto del Tribunal Militar Internacional en 1945 que se lleva a cabo el inicio del ejercicio del Derecho Penal Internacional tanto a nivel sustantivo como adjetivo dentro de las normas jurídicas de carácter internacional, y se da la creación al primer ente que regularía y daría a justicia a los hechos que causaban impacto en la comunidad internacional, y que requerían de una acción inmediata, dando nacimiento al organismo que procesaría a los imputados en los actos de la Segunda Guerra mundial, los miembros del gabinete ejecutivo y militar de Alemania y de Japón.

Tribunal Militar Internacional de Núremberg:

Realizado en Núremberg, Alemania como bien su nombre lo indica, fue el inicio del proceso penal a nivel internacional, destinado a someter a veinticuatro (24) miembros del bando alemán durante la guerra y que formaban parte del ámbito político, militar y administrativo del gabinete del mismo país. Partiendo del Pacto Kellog-Briand de 1927 se maneja lo relativo al inicio de la guerra y las violaciones al mismo fueron el eje fundamental de las consideraciones del órgano ante el cometimiento de los crímenes.

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