Modelo carta responsabilidad.
javierh11Ensayo27 de Marzo de 2017
526 Palabras (3 Páginas)388 Visitas
PROMESA DE CONTRATO DE TRABAJO
Entre los suscritos a saber, la empresa CGSR, S.A., Sociedad constitución en conformidad a las leyes de la Republica de Panamá e inscrita en el Registro Público al Folio 15545825478, desde el 12 de mayo de 2016, con domicilio en Ciudad de Panamá, Provincia de Panamá, representada en este acto por el señor RAUL PEREZ, varón, mayor de edad, nacionalidad, con pasaporte No. 88888888, en calidad de presidente y representante legal de la sociedad, por una parte, quien adelante se denomina EL EMPLEADOR; y la otra, ALEJANDRA PEREZ, mujer, mayor de edad, natural de México, con numero de pasaporte E135554248, con domicilio en la República de Panamá, Provincia de Panamá, Corregimiento de San Francisco, PH Neutron, apto 901, quien en lo sucesivo se denominara EL TRABAJADOR, se ha convenido el siguiente contrato de trabajo:
PRIMERO: Declara EL TRABAJADOR que la siguiente persona vive con ella y depende de ella:
- Juan Díaz (esposo) ciudadano Mexicano con pasaporte No. 888888.
SEGUNDO: EL TRABAJADOR se compromete a prestar sus servicios para trabajar como Asistente Administrativo. EL EMPLEADOR podrá usar los servicios de EL TRABAJADOR en cualquier labor necesaria para el desarrollo de sus negocios sin menoscabo de los derechos que le otorga la Ley. EL EMPLEADOR podrá en consecuencia, cambiar a EL TRABAJADOR de cualquier departamento o dependencia del establecimiento a otro, en que considere pueda desarrollar una labor compatible con sus aptitudes, sin menoscabar los derechos que asisten a EL TRABAJADOR.
TERCERO: EL TRABAJADOR prestara sus servicios en el establecimiento ubicado en la Ciudad de Panamá, pero EL EMPLEADOR, podrá encomendar a EL TRABAJADOR diligencias o comisiones fuera de dicho lugar, siempre que se relacionen con los negocios y actividades de la empresa. En caso que EL EMPLEADOR se mude de lugar donde preste servicios EL TRABAJADOR está obligado a desempeñar sus funciones en el nuevo establecimiento.
CUARTO: La semana laboral de EL TRABAJADOR será de 40 horas y el horario será de 8:00 am a 5:00 pm. Dicho horario podrá ser cambiado por EL EMPLEADOR de acuerdo a las necesidades de la empresa y sujetándose a las disposiciones legales.
QUINTO: El salario que devengara EL TRABAJADOR será de US$ 1,300.00 bruto mensual pagado a los 15 y 30 días de cada mes y los pagos se verificaran en el mismo lugar de trabajo después de la última jornada de trabajo. Dichos pagos de efectuaran en efectivo, cheque, sistema de pago automático o cualquier otro sistema moderno no prohibido por la Ley.
SEXTO: Las partes convienen que el término de duración de este contrato es por tiempo definido de un año (1) a partir de la aprobación del permiso de trabajo por parte del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
Dando fe de lo anterior se firma este contrato en tres ejemplares de un mismo tenor en la Ciudad de Panamá, a los 14 días del mes de julio de 2016.
EL EMPLEADOR EL TRABAJADOR
...