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NIC 39 Instrumentos Financieros


Enviado por   •  17 de Mayo de 2015  •  Apuntes  •  398 Palabras (2 Páginas)  •  363 Visitas

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NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición emitida el 1 de enero de 2012. Incluye las NIIF con fecha de vigencia posterior al 1 de enero de 2012 pero no las NIIF que serán sustituidas. Este extracto ha sido preparado por el equipo técnico de la Fundación IFRS y no ha sido aprobado por el IASB. Para conocer los requisitos completos se debe hacer referencia a las Normas Internacionales de Información Financiera. El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad ha decidido sustituir la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición a lo largo de un periodo de tiempo. La primera entrega, que trata la clasificación y medición de activos financieros, se emitió como NIIF 9 Instrumentos Financieros en noviembre de 2009. Los requerimientos para la clasificación y medición de los pasivos financieros y la baja en cuentas de activos y pasivos financieros se añadieron a la NIIF 9 en octubre de 2010. En consecuencia, partes de la NIC 39 están siendo sustituidas y quedarán obsoletas para los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2013. Se han publicado las propuestas para sustituir los requerimientos sobre deterioro de valor y las propuestas sobre contabilidad de coberturas se espera que se publiquen en 2010. Los requerimientos restantes de la NIC 39 continúan en vigor hasta ser sustituidos por futuras entregas de la NIIF 9. El Consejo espera sustituir la NIC 39 en su totalidad. Deterioro del valor e incobrabilidad de activos financieros medidos al costo amortizado Una entidad evaluará al final de cada periodo sobre el que se informa si existe evidencia objetiva de que un activo financiero o un grupo de ellos medidos al costo amortizado esté deteriorado. Cuando exista evidencia objetiva de que se ha incurrido en una pérdida por deterioro del valor en activos financieros medidos al costo amortizado, el importe de la pérdida se medirá como la diferencia entre el importe en libros del activo y el valor presente de los flujos de efectivo futuros estimados (excluyendo las pérdidas crediticias futuras en las que no se haya incurrido), descontados con la tasa de interés efectiva original del activo financiero (es decir, la tasa de interés efectiva computada en el momento del reconocimiento inicial). El importe en libros del activo se reducirá directamente, o mediante una cuenta correctora. El importe de la pérdida se reconocerá en el resultado del periodo.

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