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Plan De Cuentas

jonbrandi15 de Septiembre de 2013

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1.6.3 DESCRIPCION DE LOS PRINCIPALES GRUPOS Y CUENTAS CONTABLES

A continuación indicaremos la descripción indicada en el Catálogo de Cuentas de la SIB, de los grupos y cuentas contables, para tener una clara idea de lo que se debe registrar en los mismos.

Describiremos anteponiendo al nombre de la cuenta o grupo el código respectivo:

1 ACTIVO

Comprende los bienes y derechos de propiedad de la entidad, susceptibles de ser cuantificados objetivamente. Incluye los gastos en que se haya incurrido para la constitución y organización de la entidad cuya afectación a períodos o ejercicios futuros está expresamente autorizada.

Las cuentas que integran este elemento tendrán siempre saldos deudores con excepción de las provisiones, depreciaciones y amortizaciones que serán deducidas de los rubros correspondientes

11 FONDOS DISPONIBLES

Son los recursos líquidos que mantiene una entidad financiera y comprende las cuentas que registran el efectivo, los depósitos en otras instituciones financieras del país y del exterior, los efectos de cobro inmediato y las remesas en tránsito.

12 FONDOS INTERBANCARIOS VENDIDOS

Registra el monto de los fondos que coloca la entidad a corto plazo (no más de 8 días) en otros organismos del sistema financiero cuando tiene exceso de liquidez. Las operaciones vencidas y las que se hubieren concertado a más de ocho días deben instrumentarse y contabilizarse en la cuenta correspondiente.

13 INVERSIONES

Comprenden las cuentas que registran los títulos y valores adquiridos por la entidad con la finalidad de mantener reservas secundarias de liquidez, la compra de títulos valores correspondientes a las operaciones de reporto o cumplir con disposiciones legales y reglamentarias, así como las provisiones para cubrir pérdidas de tales inversiones. El saldo de la cuenta debe estar sustentado con la existencia física de los títulos valores y/o certificados correspondientes. Los títulos valores adquiridos deberán registrase en las cuentas auxiliares determinadas con los siguientes datos:

Denominación, fecha de adquisición, valor nominal, valor de compra, descuento o premio, fecha de emisión y de vencimiento, serie y número, tipo de interés y cualquier otro dato que se considere de importancia.

14 CARTERA DE CREDITOS Y CONTRATOS DE

ARRENDENDAMIENTO MERCANTIL

Esta constituido por las cuentas sobre los préstamos otorgados por la institución, bajo las distintas modalidades autorizadas y en función al giro especializado que le corresponde a cada una de ellas, con recursos propios o con fuentes de financiamiento interno o externo; comprende además, las operaciones contingentes pagadas por la institución por 22

incumplimiento de los deudores principales; así como los montos provisionados para cubrir deudas de dudosa recuperación.

Registra además el monto de los contratos de arrendamiento mercantil que realizan las compañías de arrendamiento mercantil y otras instituciones debidamente autorizadas para operar en esta actividad, al amparo de las disposiciones constante en el decreto ejecutivo No. 3121 publicado en el Registro Oficial No. 745 de enero 5 de 1979.

15 DEUDORES POR ACEPTACIONES

Registra el monto de las obligaciones de la entidad por los documentos aceptados por cuenta y orden de un cliente a un plazo determinando, a favor de instituciones bancarias y financieras del país o del exterior. Los registros contendrán la información de la persona o institución a cuya orden se hubieren girado las letras de cambio.

16 CUENTAS POR COBRAR

Registra los valores de cobro inmediato proveniente del giro normal del negocio y consistente principalmente en intereses y comisiones ganados, pagos por cuenta de clientes e importes por cobrar, originados en ventas, arriendos, anticipos y acciones suscritas. Registra además los montos provisionados para cubrir eventuales pérdidas de las correspondientes cuentas por cobrar.

17 BIENES REALIZABLES, ADJUDICADOS POR PAGO, ARRENDAMIENTO MERCANTIL

Agrupa las cuentas que registran bienes adquiridos para destinarlos a la venta o construcción de programas de vivienda, con fines de arrendamiento mercantil, los recibidos por la entidad en pago de obligaciones y aquellos recuperados a la finalización del contrato por no acogerse a la opción de compra o los recuperados por el vencimiento anticipado del contrato de arrendamiento mercantil.

Así mismo registra los valores por provisiones destinadas a cubrir la pérdida del valor de los bienes adjudicados y la provisión para protección de bienes recuperados. No se debitarán en estas cuentas los valores que se refieren a mantenimiento o reparaciones ni se acreditarán las rentas que produzcan, sino a las respectivas cuentas de resultados en el caso de bienes de arrendamiento mercantil y adjudicados. En el caso de los bienes realizables, se activan los egresos que constituyen costos de construcción en tanto no se liquiden los programas.

18 ACTIVO FIJO

Agrupa las cuentas que representan las propiedades de naturaleza permanente, utilizadas por la entidad para el cumplimiento de sus objetivos específicos, cuya característica es una vida útil relativamente larga y est n sujetas a depreciaciones, excepto los terrenos, biblioteca y pinacoteca. Incluye el valor de los desembolsos efectuados para colocar en condiciones de ser usados, tales como: fletes, seguros, derechos aduaneros, instalaciones, etc., así como, las mejoras y revalorizaciones efectuadas en cumplimiento de las disposiciones legales pertinentes y las 24depreciaciones acumuladas ordinarias y las provenientes de revalorización.

A partir de 1991 incluye los ajustes por corrección monetaria. Las inversiones para adquisición, construcción o ampliación de edificios destinados a oficinas de la entidad, deber n ser previamente autorizadas por la Superintendencia de Bancos. Los gastos de mantenimiento de bienes raíces y muebles se debitarán a cuentas de resultados.

19 OTROS ACTIVOS

Agrupa las cuentas que representan cargos y gastos diferidos, inversiones de tipo permanente en acciones y participaciones en compañías; así como valores acumulados por cobrar por concepto de intereses y comisiones sobre créditos y otras operaciones internas. Incluye además la cuenta de regularización de divisas para registrar las fluctuaciones de la posición en moneda extranjera; y las provisiones para cubrir eventuales pérdidas de los activos del grupo.

Aquellas cuentas de naturaleza transitoria deben ser objeto de regularización permanente, transfiriéndolas a las cuentas pertinentes.

2 PASIVO

Agrupa todas aquellas cuentas que registran las obligaciones contraídas como resultado de la captación de recursos ajenos. 25

Incluye las obligaciones con el Estado, con terceros y en general todas

aquellas obligaciones generadas por la actividad de la entidad.

Igualmente comprende las ganancias diferidas.

21 DEPOSITOS A LA VISTA

Registra los recursos recibidos del público en depósitos a la vista, que comprenden los depósitos monetarios exigibles mediante la presentación de cheques u otros mecanismos de pago y registro; los de ahorro exigibles mediante la presentación de libretas de ahorro y otros mecanismos de pago y registro; y cualquier otro exigible en un plazo menor a treinta días.

Podrán constituirse bajo diversas modalidades y mecanismos libremente pactados entre el depositante y el depositario.

Además figuran como parte de estos depósitos los saldos correspondientes a cheques revocados, cuentas cerradas y cuentas inmovilizadas.

22 FONDOS INTERBANCARIOS COMPRADOS

Registra los fondos obtenidos por la institución de las entidades que integran el sistema financiero nacional, para atender problemas transitorios de liquidez. Estos fondos deben concertarse a plazo no mayores de 8 días y se sujetarán a las disposiciones emitidas por el

Directorio del Banco Central del Ecuador. Las operaciones vencidas y las que se pactaren a más de 8 días, deben instrumentarse y contabilizarse en la cuenta correspondiente.

Las transacciones concretadas a través de medios de comunicación inmediata deberán registrarse el mismo día que se producen, debiendo estar respaldadas por la documentación pertinente.

Las efectuadas telefónicamente serán reconfirmadas vía télex o cualquier otro medio que deje constancia escrita de la operación y contenga en cada caso la firma de funcionario competente; y, las realizadas a través de notas de débito o crédito deberán registrarse el día de recepción de éstas.

23 OBLIGACIONES INMEDIATAS

Registra aquellas obligaciones de inmediata liquidación que se originan por las operaciones propias de la entidad, así como por servicios prestados. Los valores que se mantuvieren pendientes en las cuentas de este grupo por más de cinco o diez años, deben transferirse al Patronato Nacional del Niño y la Familia, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo No. 212 de 13 de marzo de 1975, publicado en el Registro oficial No. 770 de 26 de marzo de 1975.

24 DEPOSITOS A PLAZO

Registra las obligaciones financieras confirmadas exigibles al vencimiento de un período no menor de treinta días, libremente convenido por las partes. Pueden instrumentarse en un título valor, nominativo, a la orden o al portador y pueden ser pagados antes del vencimiento del plazo, previo acuerdo entre el acreedor y el deudor.

Los depósitos por confirmar corresponden a los cheques locales que se remiten al cobro a través de la cámara de compensación y los cheques

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