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Presentacion De La Demanda


Enviado por   •  27 de Octubre de 2014  •  385 Palabras (2 Páginas)  •  241 Visitas

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Es la audiencia oral convocada por el juez de la Instrucción, luego de la presentación de la acusación del fiscal o el querellante y de las otras solicitudes que, de conformidad con la ley se hagan.[2][3]

Se trata de un juicio a la acusación y no contra el imputado. Desde el punto de vista genérico se trata de un juicio sobre la admisibilidad de las pruebas y la consecuente suficiencia de la acusación, y específicamente de determinar la validez y las alegaciones que impidan la celebración del juicio oral, particularmente de aquellas de naturaleza jurídica.[4]

Características

1) Tiene un carácter obligatorio; Presentada la acusación, de la única forma que se puede llegar al juicio oral es mediante su celebración; [5] [6]

2) Debe de ser pública; esta publicidad se aplica por lo dispuesto en el artículo 300 del CPP y por extensión de lo expresado en el artículo 308 del CPP.[7]

Procedimiento

Presentada la acusación el secretario notifica a las partes e informa al Ministerio Público ponga a disposición de ellas los elementos de prueba reunidos durante la investigación, quienes procederán a su examen en un plazo común de cinco días. El secretario por el mismo acto convoca a las partes a una audiencia oral y pública, que se realizará en un plazo de entre diez y veinte días. La audiencia se celebra con la asistencia obligatoria del Ministerio Público, el imputado, el defensor y el querellante. El juez invitará al imputado para que declare en su defensa;1 Dispone la producción de la prueba y otorga tiempo suficiente para que cada parte fundamente sus pretensiones. De la audiencia se elabora un acta.

Finalizada la audiencia, el juez resuelve todas las cuestiones planteadas y, en su caso:

1) Admite total o parcialmente la acusación del Ministerio Público o del querellante y ordena la apertura a juicio;

2) Rechaza la acusación del Ministerio Público o del querellante y dicta Auto de No Ha Lugar a la apertura a juicio;

3) Ordena la suspensión condicional del procedimiento;

4) Resuelve conforme al Procedimiento Abreviado;

5) Ordena la corrección de los vicios formales de la acusación del Ministerio Público o del querellante;

6) Impone, renueva, sustituye o hace cesar las medidas de coerción;

7) Aprueba los acuerdos a que lleguen las partes respecto de la acción civil resarcitoria y ordena todo lo necesario para ejecutar lo acordado. La lectura de la resolución vale notificación.

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