ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Prima Dominical Y PTU


Enviado por   •  27 de Agosto de 2013  •  480 Palabras (2 Páginas)  •  389 Visitas

Página 1 de 2

PRIMA DOMINICAL

La Ley Federal del Trabajo en su artículo 71 establece que “los trabajadores que presten servicio el día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.”

Esto significa, que si trabajas el día domingo:

1.- deberás tener otro día de la semana como descanso con el pago íntegro de tu salario por ese día.

2.- El pago del día domingo con al menos un 25% adicional por ese día laborado. Así si tu salario es de 100 pesos diarios, por el día domingo habrás de recibir por lo menos 125 pesos en total.

En los casos de excepción en que se labora el domingo y corresponda a su descaso semanal, se pagará con un salario triple.

La LFT no hace distingos si es su día de descanso o no, simplemente lo indica claramente, sin embargo en la práctica muchas empresas lo dan adicional al descanso trabajado que como ya mencionamos es el 200% de un salario ordinario, por lo tanto esas empresas pagan sobre el mismo ejemplo ese domingo laborado con $325.00 en suma. Otras empresas se basan en una jurisprudencia que dice que solo cuando el descanso está estipulado en un día diferente al domingo, entonces si procede pagarlo, ya que con el 200% del descanso trabajado ya está más que cubierta el justo pago.

PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES (PTU)

Artículo 127. El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades se ajustara a las normas siguientes

I. Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no participaran en las utilidades;

II. Los demás trabajadores de confianza participaran en las utilidades de las empresas, pero si el salario que perciben es mayor del que corresponda al trabajador sindicalizado de más alto salario dentro de la empresa, o a falta de este al trabajador de planta con la misma característica, se considerara este salario aumentado en un veinte por ciento, como salario máximo.

III. El monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, y el de los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses, no podrá exceder de un mes de salario;

IV. Las madres trabajadoras, durante los periodos pre y postnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el periodo de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo;

V. En la industria de la construcción, después de determinar que trabajadores tienen derecho a participar en el reparto, la comisión a que se refiere el artículo 125 adoptara

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2.9 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com