Principios Formativos De La Ley 19300
laxmi3573 de Diciembre de 2012
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Los Principios formativos de la Ley 19300
• Prevención
• Participación
• Eficiencia
• El que contamina paga
• Responsabilidad
• Gradualidad
• Prevención: con ello se pretende evitar la ocurrencia de problemas ambientales; antes que superarlos una vez que ya han acontecido.
Los instrumentos contemplados para su acción son:
➢ El Sistema de Evaluación Ambiental
➢ Los Planes de Prevención para zonas latentes
➢ Responsabilidad por el daño ambiental
➢ Educación ambiental
• Participación: en la búsqueda de una adecuada protección del medio ambiente es necesaria la concurrencia de todos los afectados en la problemática ambiental.
Para ello los instrumentos son:
➢ Las Comunidades tienen derecho a conocer e impugnar los Estudios de Impacto Ambiental
➢ La sociedad civil es escuchada en el Consejo Consultivo Nacional
➢ Descentralización del problema ambiental
• Eficiencia: consiste en que las medidas que adopte la autoridad para enfrentar los problemas ambientales deben ser técnicamente adecuadas y al menor costo social posible; dando preponderancia al uso de medidas impositivas y de estímulo para alcanzar metas ambientales.
Los instrumentos son:
➢ Los Planes de Descontaminación deben contener una estimación de los costos económicos y sociales
➢ Se persigue el establecimiento de una institucionalidad no burocrática
• El que contamina paga: el que contamina debe incorporar, a su propio costo, en sus medios de producción todas las inversiones y la infraestructura necesaria para disminuir sus niveles de contaminación a los máximos legales.
Los instrumentos son:
➢ Se establecen las fórmulas para que los responsables financien los planes de descontaminación a los máximos legales
➢ Existen amplias facultades fiscalizadoras
➢ Se impulsan Planes de Producción Limpia destinados a fomentar la inversión y a prestar ayuda financiera a los industriales
• Responsabilidad: el responsable del daño ambiental está obligado a indemnizar a la víctima y a reparar materialmente el daño causado al medio ambiente; restaurando el paisaje dañado.
Los instrumentos a aplicar son:
➢ Acción Indemnizatoria Civil (reparación a la víctima del daño)
➢ Acción Ambiental (reparación del medio ambienta dañado)
• Gradualidad: la idea es ir estableciendo paulatinamente estándares ambientales más exigentes e ir incorporando nuevas actividades al SEIA. No se trata de aplicar inmediatamente las normas ambientales más exigentes; sino ir haciéndolo progresivamente y en armonía con el desarrollo económico y social del país
Los instrumentos a aplicar son:
➢ La Ley de Bases del Medio Ambiente es la norma fundamental, sobre la cual se van dictando progresivamente la normativa que la complemente
➢ Se irá dando cada vez mayor difusión a los asuntos ambientales y se Capacitará al personal público
Organismos competentes en materias ambientales
Materia Generadores de la Normativa Fiscalización Autorización para proyectos nuevos
Aire Min. de Salud
Min. Agricultura
Sec. Gral. Presidencia Servicios de Salud
SAG Servicios de Salud
SAG
Aguas Subterráneas MOP
Min. de Salud DGA
Servicios de Salud SISS
Aguas Superficiales MOP
Min. de Salud
Min. Defensa SISS
Servicios de Salud
DIRECTEMAR
SAG SISS
Servicios de Salud
DIRECTEMAR
Aguas Subsecretaría
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