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Procedimiento De Acumulación Y Conexidad


Enviado por   •  19 de Marzo de 2013  •  344 Palabras (2 Páginas)  •  405 Visitas

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Procedimiento de Acumulación y Conexidad.

Este procedimiento consiste cuando existan dos o más acciones de inconstitucionalidad siempre que en ellas impugne la misma norma.

Características de la competencia de los tribunales constitucionales.

Su competencia tiene como se dijo un elemento esencial: el control de la constitucionalidad de las leyes es decir la sumisión de la voluntad del congreso al respeto de la regla del derecho será una regla formal o de fondo.

A continuación se mencionan las competencias jurisdiccionales de los tribunales constitucionales:

1. Es de origen constitucional y por lo tanto no puede ser alterada por la ley.

2. Es restringida y solo se refiere a las materias relativas a los conflictos tipificados por la constitución política de cada país.

3. Es privativa de el o los tribunales constitucionales, órganos del estado e independientes de toda autoridad o poder en el ejercicio de su competencia.

4. Es de ejercicio forzado o eventual según la materia que se trate.

5. Se rige por el principio de la especialidad y en el caso de amparos, por las normas que la establecen y que están contenidas en la constitución política.

6. Los tribunales constitucionales al aplicar su competencia, en materia de interpretación, deben regirse por las reglas que inspiran el control de la constitucionalidad.

7. Cosa Juzgada.- Su sentencia dictada dentro de su competencia produce cosa juzgada formal y sustancial, efecto que está reconocido que rige el sistema constitucional en México.

8. Su competencia permite a los tribunales constitucionales desempeñar una función esencial, de adaptación de la constitución y de los textos constitucionales a la realidad nacional en los casos en que la rigidez de ellos provoquen problemas de alteración de garantías o conflicto de poder.

Podemos pensar que las características esenciales de los tribunales constitucionales es si no existen tribunal constitucional no hay justicia constitucional, así mismo existiendo tribunales existen el estado de derecho como una fuerza de coerción a la sociedad política.

El poder constituyente prevé formas de garantizar, a futuro la plena vigencia de la constitución por lo que en su propio texto crean a uno o a varios organismos (tribunal constitucional y poder judicial) y los comisionan otorgándole funciones jurisdiccionales de control constitucional.

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