Procedimiento
nilimar13 de Abril de 2015
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1. OBJETO
Garantizar la correcta investigación de las causas de todos los accidentes y enfermedades profesionales (e incidentes, si procede ) ocurridos en la empresa, con el fin de establecer e implantar las medidas preventivas que eviten o dificulten su repetición.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Este procedimiento debe aplicarse a todos los accidentes y enfermedades profesionales (e incidentes, si procede1) ocurridos en la empresa.
3. RESPONSABILIDADES
La implantación y seguimiento de este procedimiento es responsabilidad de la Dirección de la Empresa.
La investigación propiamente dicha de los accidentes es responsabilidad del Servicio de Prevención – trabajador designado – mando intermedio del trabajador .
4. DEFINICIONES
Accidente de trabajo. Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que realiza.
Enfermedad profesional. Deterioro de la salud del trabajador producido a consecuencia de la exposición prolongada a un riesgo derivado del trabajo realizado por el trabajador.
Incidente1. Suceso derivado de un fallo del sistema, que puede ser significativo a la hora de prevenir accidentes o enfermedades profesionales.
5. PROCEDIMIENTO
Se establecen a continuación las pautas de actuación relativas al análisis de los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que produzcan daños a la salud a los trabajadores.
• Siempre que se produzca un accidente o enfermedad profesional que ocasione daños a la salud, el superior inmediato del trabajador accidentado, cumplimentará el Modelo de Comunicación de Accidentes .
• Una vez cumplimentado el Modelo de Comunicación de Accidentes, remitirá una copia a los Delegados de Prevención y otra al Servicio de Prevención Propio.
• El Servicio de Prevención Propio / Departamento de Personal / Departamento de Administración se encargará de elaborar el Parte de Accidentes de Trabajo, y enviarlo a la Mutua de Accidentes de Trabajo en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha del accidente o de la baja médica. En caso de accidente grave o mortal, o que afecte a más de cuatro trabajadores (aunque no pertenezcan a la plantilla de la empresa), deberá remitir un telegrama o fax a la Autoridad Laboral de la provincia.
• Una vez recibida la notificación, el Servicio de Prevención Propio realizará el análisis del accidente (acompañado por el superior inmediato y por el propio accidentado, cuando esto sea viable) en el plazo más inmediato posible al accidente, utilizando para ello el Modelo de Investigación de Accidentes. De esta investigación se realizarán al menos tres copias, archivando una de ellas en la carpeta de registro, y remitiendo las otras a los Delegados de Prevención (y a los miembros del Comité de Seguridad y Salud a fin de que se pueda incluir en el programa de la próxima reunión periódica del mismo) y al Director de la empresa. Además puede decidirse enviar copia a los departamentos que estime que están implicados en cada caso.
• El Director de la empresa será el responsable de establecer la planificación de las medidas preventivas adoptadas, y de realizar el seguimiento y control de su adopción.
• En el Comité de Seguridad y Salud se analizarán y validarán las medidas adoptadas para evitar la repetición del accidente, en reunión ordinaria o extraordinaria, si procede.
• El Servicio de Prevención modificará, si procede, la evaluación de riesgos de los puestos afectados, incluyendo la modificación como un anexo a la evaluación, hasta que se proceda a su revisión completa.
• Todos los accidentes y enfermedades profesionales serán incluidos en un registro.
NOTA FINAL: Eliminar las partes en cursiva, si procede.
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