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Procedimiento


Enviado por   •  13 de Abril de 2015  •  556 Palabras (3 Páginas)  •  142 Visitas

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1. OBJETO

Garantizar la correcta investigación de las causas de todos los accidentes y enfermedades profesionales (e incidentes, si procede ) ocurridos en la empresa, con el fin de establecer e implantar las medidas preventivas que eviten o dificulten su repetición.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Este procedimiento debe aplicarse a todos los accidentes y enfermedades profesionales (e incidentes, si procede1) ocurridos en la empresa.

3. RESPONSABILIDADES

La implantación y seguimiento de este procedimiento es responsabilidad de la Dirección de la Empresa.

La investigación propiamente dicha de los accidentes es responsabilidad del Servicio de Prevención – trabajador designado – mando intermedio del trabajador .

4. DEFINICIONES

Accidente de trabajo. Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que realiza.

Enfermedad profesional. Deterioro de la salud del trabajador producido a consecuencia de la exposición prolongada a un riesgo derivado del trabajo realizado por el trabajador.

Incidente1. Suceso derivado de un fallo del sistema, que puede ser significativo a la hora de prevenir accidentes o enfermedades profesionales.

5. PROCEDIMIENTO

Se establecen a continuación las pautas de actuación relativas al análisis de los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que produzcan daños a la salud a los trabajadores.

• Siempre que se produzca un accidente o enfermedad profesional que ocasione daños a la salud, el superior inmediato del trabajador accidentado, cumplimentará el Modelo de Comunicación de Accidentes .

• Una vez cumplimentado el Modelo de Comunicación de Accidentes, remitirá una copia a los Delegados de Prevención y otra al Servicio de Prevención Propio.

• El Servicio de Prevención Propio / Departamento de Personal / Departamento de Administración se encargará de elaborar el Parte de Accidentes de Trabajo, y enviarlo a la Mutua de Accidentes de Trabajo en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha del accidente o de la baja médica. En caso de accidente grave o mortal, o que afecte a más de cuatro trabajadores (aunque no pertenezcan a la plantilla de la empresa), deberá remitir un telegrama o fax a la Autoridad Laboral de la provincia.

• Una vez recibida la notificación, el Servicio de Prevención Propio realizará el análisis del accidente (acompañado por el superior inmediato y por el propio accidentado, cuando esto sea viable) en el plazo más inmediato posible al accidente, utilizando para ello el Modelo de Investigación

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