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Resumen Ejecutivo REPECOS


Enviado por   •  25 de Abril de 2012  •  404 Palabras (2 Páginas)  •  650 Visitas

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Pequeños contribuyentes.

Pueden pagar el ISR en este régimen, las personas físicas que realicen actividades empresariales, que únicamente enajenen bienes o presten servicios, al público en general y que sus ingresos del año anterior no hubieran excedido de $ 2,000,000.00; si el ejercicio inmediato anterior es menor a 12 meses, se calculara de manera proporcional. No pueden tributar en esta sección, los que obtengan ingresos por comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación, distribución o espectáculos públicos, ni quienes obtengan mas del 30% de sus ingresos por enajenación de mercancías extranjeras.

Como calcularan el ISR, IVA e IETU, si la entidad federativa tiene convenio.

Si la entidad federativa donde el contribuyente obtiene los ingresos correspondientes, posee convenio de colaboración, ésta puede determinar una cuota fija para el cobro del impuesto sobre la renta, Impuesto al valor agregado y el Impuesto empresarial a tasa única respectivo, a aplicarse a la diferencia de los ingresos, menos 4 S.M.G de la región del contribuyente por cada día del periodo, como pueden ser, bimestral, trimestral o semestral, según corresponda, se realizara de manera proporcional.

Como se calculan los impuestos si la entidad federativa no tiene convenio.

Aplicando la tasa del 2% a la diferencia de sus ingresos del mes, menos 4 S.M.G. de la región del contribuyente elevado al mes. Y lo enterara a mas tardar el día 17 del mes inmediato posterior.

Como pagan IVA si no existe convenio de colaboración.

Pagaran en términos general de la ley del IVA. Salvo que opten por hacerlo mediante estimativa que practiquen las autoridades fiscales, sin poder trasladar de manera expresa y por separado este impuesto, ya que de caer en este supuesto, se entenderá como que cambia esta opción, para tributar en el régimen general de ley.

Como paga IETU si no existe convenio de colaboración.

Si paga ISR mediante estimativa, pagara IETU mediante estimativa que practique la autoridad fiscal también , aplicando la tasa del 17.5% dividido entre 12 para calcularlo de manera mensual. Y éste se enterara en los mismos periodos y fechas en los que se deba efectuar el pago del impuesto sobre la renta.

Algunas Obligaciones:

Inscribirse en el RFC y REC; presentar declaración informativa de ingresos y avisos conforme a la sección; conservar comprobantes fiscales de adquisiciones superiores a $ 2,000.00; llevar un registro de los ingresos; entregar copia de notas de venta a clientes, presentar declaración y pago mensual (posibilidad de ampliar periodo), con carácter de definitivo, etc.

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