Retribucion Bruta
mari0106039 de Septiembre de 2013
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etribución bruta; conceptos que conforman el salario bruto
La suma total de todos los conceptos que hay que abonar al trabajador dan origen a la retribución bruta mensual. La nómina tiene por norma general periodos de liquidación mensuales con las siguientes excepciones:
Entrada o salida del trabajador de la empresa, sin que estas fechas correspondan con el mes natural.
Nóminas de paga extra.
En ningún caso se permite la confección de nóminas estándar por periodos inferiores al mes. Imaginemos una empresa que realiza pagos semanales o quincenales a sus trabajadores. En este supuesto, dichos pagos tienen la consideración de anticipos hasta que finalice el mes y se liquide la nómina.
Dentro de las percepciones que se suman para dar lugar al salario bruto tenemos dos grupos diferenciados:
Percepciones salariales; que lo conforman todos aquellos conceptos que están fijados por el convenio colectivo de aplicación en la empresa
Percepciones extrasalariales; en el que se incluyen conceptos que no tienen la consideración pura de salario, como pueden ser dietas, gastos de locomoción o pluses por retribuciones en especie como el plus por desgaste de herramientas
Percepciones salariales
Tal y como hemos definido anteriormente, la cantidad de conceptos que se pueden incluir dentro de las percepciones salariales es muy amplia y no es genérica, porque cada empresa tiene un convenio colectivo distinto y cada uno de estos textos incluye una distribución distinta de los pagos que hay que realizar.
Normalmente, nos podemos encontrar con conceptos como:
Salario Base, que corresponde al pago mensual mínimo que se tiene que realizar para un trabajador dentro de la categoría en la que está encuadrado.
Complementos; como cantidades adicionales que complementan al salario base en el caso de que se cumplan unos determinados requisitos de productividad, cumplimiento horario, productividad, trabajos penosos, nocturnos en días festivos.
Parte proporcional de paga extra. Todos los convenios colectivos regulan el pago de una o varias pagas extras. Normalmente se abonan entre dos y cuatro pagas extras anuales y puede darse el caso de que la paga extra se encuentre prorrateada.
Percepciones extrasalariales
En este apartado se engloban todos aquellos conceptos que no constituyen un pago directo por el trabajo desempeñado, sino que cubren otro tipo de gastos que se le puedan originar a un trabajador. Por ejemplo, tienen esta consideración los pagos por dietas, desgaste de herra o cantidades indemnizatorias por cambio de centro de trabajo o de localidad.
Descuentos en la nómina
Tal y como hemos explicado anteriormente, en la nómina nos podemos encontrar dos tipos de descuentos diferentes, bien los descuentos obligatorios por ley o bien los descuentos que se deban aplicar por cualquier otro tipo de normativas.
En el caso de los descuentos por ley, tenemos dos grupos de deducciones diferentes, que se destinan al pago de la seguridad social a cargo del trabajador, como los pagos a cuenta que el propio trabajador tiene que realizar a Hacienda, en concepto del IRPF.
La seguridad social a cargo del trabajador es un porcentaje que se paga en función de la base de cotización. Este pago, cubre tres conceptos distintos con un importe máximo del 6,7% sobre la base de cotización. El porcentaje que se abona se distribuye entre:
Contigencias comunes
Desempleo e incapacidad temporal
FOGASA y formación laboral
En el caso de los pagos a cuenta del IRPF, se realiza también un descuento de un porcentaje que tiene la consideración de pago a cuenta para la declaración de la renta del trabajador. Este porcentaje se calcula a cada trabajador de manera personal, aplicando la normativa al efecto sobre el impuesto de la renta y puede ser estar comprendido
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