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Revocacion de asesor juridico


Enviado por   •  21 de Junio de 2018  •  Informes  •  672 Palabras (3 Páginas)  •  799 Visitas

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EXP. NUM.- 166/2017

JUICIO ORDINARIO ORAL FAMILIAR DE GUARDA Y CUSTODIA.

C. ABRIL STEPHANIA QUIÑONEZ ENRIQUEZ.                                                                                                   V/S

                                                               C. PEDRO CHAVEZ FRANCO.

C. JUEZ SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA

EN MATERIA DE ORALIDAD FAMILIAR

DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO.

P R E S E N T E.-

C. ABRIL STEPHANIA QUIÑONEZ ENRIQUEZ, de generales conocidas en el expediente al rubro, ante usted con el debido respeto que merece comparezco y expongo:

Que vengo por medio de la presente instancia y copias simples de ley, en términos del artículo 106 del Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán, a revocar a la Licenciada en Derecho Andrea Kareli Palma Betancourt, con número de cedula de profesional 8857768, quien obra en mi representación como Asesor Jurídico Patrono, haciéndose efectiva dicha revocación a partir de la recepción de este escrito, y nombrando con fundamento en el artículo 105 fracción primera y 107 del Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán, al Licenciado en Derecho Luis Augusto Castro Acevedo, con cedula profesional 7377246 y Registro Único Computarizado de Profesionales del Derecho Número PODJUDRPD003489, quien obrará en mi representación como Asesor Jurídico Patrono para que ejerza las facultades previstas en el artículo 108 del Código en cita, asimismo bajo protesta de decir verdad, manifiesto encontrarme instruida de la representación que confiere al asesor jurídico patrono y su alcance.

Por otro lado, conforme a lo dispuesto en el artículo 206 y 209 del Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán, solicito el cambio de domicilio, nombrando como nuevo domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, el ubicado en la Calle 27 #305 entre 26 y 28 Colonia Centro de la ciudad de Motul, Yucatán.

Por último, es de solicitar a esta autoridad jurisdiccional en términos del artículo 162 del Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán, se sirva a expedirme COPIAS SIMPLES de todo el expediente al rubro citado, autorizando para recibirlas en mi nombre y representación a los C.C.P. de D. ROMÁN OSWALDO VELA ALEMÁN Y/O ROBERTH ALEXIS LUGO LEYVA, previa identificación para que obre en autos del presente expediente; de igual forma, con base en el Acuerdo General Número OR03-120301-01 del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, concedo mi plena autorización para que el Asesor Jurídico Patrono, el Licenciado LUIS AUGUSTO CASTRO ACEVEDO y los C.C.P. de D. ROMÁN OSWALDO VELA ALEMÁN Y/O ROBERTH ALEXIS LUGO LEYVA, lleven a cabo la reproducción de las constancias que obran en el expediente a través de cualquier medio de reproducción electrónica y/o portátil como lo establece dicho acuerdo.

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