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SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2014  •  487 Palabras (2 Páginas)  •  327 Visitas

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SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA

DEFINICION.-

La sociedad anónima abierta es aquella modalidad de sociedad anónima que se identifica con «la gran empresa» debido a la reunión de una gran cantidad de capitales y socios.

La sociedad anónima es abierta cuando se cumpla uno o más de las siguientes condiciones:

 Ha hecho oferta pública primaria de acciones u obligaciones convertibles en acciones

 Tiene más de setecientos accionistas

 Más del treinta y cinco de su capital pertenece a ciento

ARTICULO 249.-

 El inciso 1, se refiere a la oferta pública primaria de acciones u obligaciones convertibles en acciones.

 El inciso 2, es una sociedad anónima abierta cuando su número de accionistas supera los 750 personas, es decir a partir de 751 accionistas se puede hablar de una sociedad que requiere adecuarse a una sociedad anónima abierta

 El inciso 3, contiene una disposición legal por la cual una sociedad anónima abierta adopta tal carácter por contener un número de personas numeroso, en este caso, más del 35% del capital de dicha sociedad anónima abierta pertenece a 175 o más accionistas.

CARACTERISTICAS.-

1.- La heterogeneidad de la composición de su accionario

La sociedad anónima abierta no solo tiene una clase de acciones, y producto de ello, no solo tiene una sola clase de accionistas, sino que producto de las diferentes clases de acciones; acciones privilegiadas, con derecho a voto, o sin derecho a voto.

2.- Es una sociedad de responsabilidad limitada

Es de responsabilidad limitada, es decir que se da la separación entre patrimonio de los socios y el de la sociedad, lo que implica que el socio no responda con su patrimonio personal por las deudas de contraiga la sociedad.

DENOMINACION.-

La sociedad anónima abierta contiene en su denominación la indicación de «Sociedad Anónima Abierta» o las siglas se S.A.A. según el artículo 250 de la ley general de sociedades.

Inscribe todas sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores.-

La regla general aplicable es que inscriban todas sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores debido a la posibilidad de terceros de integrarse.

Control por parte de CONASEV.-

Como características el control por parte de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores la misma q controla y supervisa capitales y la gran cantidad de intereses involucrados en ella.

DIFERENCIAS RELACIONADAS CON LOS ORGANOS SOCIALES

1. En cuanto a las asambleas en las sociedades anónimas abierta necesariamente debe convocarse por publicaciones .

2. En cuanto al directorio la sociedad anónima abierta necesariamente debe tener directorio no se admite “El administrador único” (art.375)

3. En cuanto al órgano interno de fiscalización .- La fiscalización privada es obligatoria para las sociedades anónimas abiertas y facultiva para las cerradas (art.387)

DIFERENCIA RELACIONADA CON EL ORGANO DE CONTROL EXTERNO

En principio , la ley 16.060 contiene una norma que se aplica a la (SAA) y cerradas , en cuanto al control estatal .

1. EN CUANTO A LA CONVOATORIA Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ASAMBLEAS .

Las sociedades anónimas abiertas deben acreditar ante la auditoria eel cumplimiento de todas las publicaciones dispuestas por la ley (art.414-inciso 3)

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