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SOCIEDAD COOPERATIVA


Enviado por   •  27 de Mayo de 2013  •  520 Palabras (3 Páginas)  •  255 Visitas

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CONSTITUCIÓN LEGAL DE UNA COOPERATIVA

Solicitud a la Secretaría de Relaciones Exteriores:

• Solicitud a la Secretaria de Relaciones Exteriores

• Asamblea Constitutiva de una cooperativa

• Modelo de acta Constitutiva

• Inscripción de una Cooperativa ante el Registro Público de Comercio

En la constitución de las sociedades cooperativas se observará lo siguiente:

• Se reconoce un voto por socio, independientemente de sus aportaciones;

Serán de capital variable

• Habrá igualdad esencial en derechos y obligaciones de sus socios e igualdad de

condiciones para las mujeres

• Tendrán duración indefinida

• Se integrarán con un mínimo de cinco socios

CAPITAL SOCIAL, FONDOS SOCIALES.

El capital de la sociedad cooperativa deberá integrarse con las aportaciones de los socios con los donativos que reciban y con el porcentaje de rendimiento destinado para incrementar el capital social. Estas aportaciones podrán realizarse en cualquiera de las siguientes formas, en efectivo, en bienes, en derechos o trabajo y estarán representados por certificados nominativos, indivisibles de igual valor que serán inalterables y transferibles en las comisiones que determinen el reglamento o el acta constitutiva. Cada socio deberá aportar por lo menos el valor de un certificado pudiendo pactar que los certificados excedentes perciban intereses que no podrán exceder de 9% anual. Será forzosa la exhibición del 10% del valor de los certificados como porcentaje mínimo al ingresar un nuevo socio o al constituirse la sociedad. Cuando exista acuerdo de reducción de capital se hará una devolución a los socios que posean mayor número de certificados de aportación y cuando se acuerde aumentar el capital es obligación de los socios suscribir el aumento en la forma que lo determine la Asamblea General. Las sociedades cooperativas están obligadas a constituir por lo menos un fondo de reserva y un fondo de previsión social y deben contribuir a la formación del fondo nacional de crédito cooperativo.

FONDO DE RESERVA.

Este fondo se constituye con un porcentaje que va del 10 al 20% de los rendimientos obtenidos con la sociedad en cada ejercicio social y las bases constitutivas pueden señalar si es limitado o no. Este fondo de reserva tiene por objeto afrontar las pérdidas líquidas que experimente la sociedad y cada vez que se afecte deberá reconstituirse este fondo debe

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