Sucesorio Intestamentario En Guanajuato
teresamireles31 de Marzo de 2014
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C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL EN TURNO
PRESENTE.
La que suscribe, ALMA GUADALUPE PÉREZ MONDRAGON, mexicana, mayor de edad, con domicilio en calle Ana María Gallaga número 111, Colonia Miguel Hidalgo en la Ciudad de Abasolo, Guanajuato, por mi propio derecho y señalando para oír y recibir toda clase de notificaciones los estrados del Juzgado y autorizando para oír y recibir en mi nombre toda clase de notificaciones a la Lic. MA. TERESA MIRELES ARAIZA, ante usted con el debido respeto, comparezco para manifestar:
Que empleando el Procedimiento Especial, vengo a denunciar el Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de mi padre de nombre PEDRO PÉREZ IKAL, basándome para ello en los siguientes hechos y consideraciones legales:
HECHOS:
1. Como lo acredito con el original del Acta de Defunción, mi padre de nombre PEDRO PÉREZ IKAL, falleció en la Ciudad de León, Guanajuato, el día 12 de Enero del año 1987, quedando asentada su defunción en la Oficialía 01, Libro 1, Acta número 00178, expedida por la Oficial del Registro Civil de la mencionada Ciudad, con fecha 26 de Abril del año 2012.
2. Acredito mi entroncamiento como hija del de cujus con el original del Acta de Nacimiento, misma que quedó asentada en el Registro Civil de la Ciudad de Abasolo, Guanajuato, en la Oficialía 01, Libro 2, Acta número 00597, expedida con fecha 26 de Abril del 2012
3. Manifiesto que aparte de la denunciante, le sobrevive a mi padre su esposa la señora RITA MONDRAGÓN SÁNCHEZ y su hijo DAVID PÉREZ MONDRAGON, con domicilio en calle Morelos 505, en León, Guanajuato;.
4. Manifiesto que antes de su fallecimiento, nuestro padre no hizo disposición testamentaria de sus bienes.
5. Manifiesto que el último domicilio de mi padre fue el ubicado en calle Dolores Hidalgo número 108 en la Ciudad de León, Guanajuato.
DERECHO
En cuanto al fondo son aplicables los Artículos 2,540, 2,544, 2,841, 2,846, 2847 y demás relativos y aplicables del Código Civil vigente en nuestro Estado.
En cuanto al Procedimiento son aplicables los Artículos 564, 566, 580, 581, 582, 583, 601, 602, 603 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles.
Por lo antes expuesto y fundado;
A USTED C. JUEZ, atentamente solicitamos se sirva:
PRIMERO.- Tenerme por presentada con el presente escrito en la Vía y forma propuesta, denunciando el Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de mi padre de nombre PEDRO PÉREZ IKAL.
SEGUNDO.- En su oportunidad señalar día y hora a fin de que se reciba la Testimonial para acreditar los extremos del Artículo 602 del Código Procesal Civil, con citación del C. Agente del Ministerio Público, dándole la intervención legal que le compete.
TERCERO.- Ordenar la Publicación de los Edictos en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en el Periódico de Mayor Circulación en la entidad, a fin de que ocurran al procedimiento todas aquellas personas que se sientan con suficientes derechos para heredar.
CUARTO.- Girar Oficio al C. encargado del Registro Público de la Propiedad a efecto de que informe si en la Oficina a su cargo se encuentra o no registrado algún testamento a nombre del de cujus.
QUINTO.- Que otorgo Poder cumplido y bastante cuanto en derecho sea necesario a favor de la Licenciada MA. TERESA MIRELES ARAIZA, para que actúe en mi nombre en el presente proveído.
SEXTO.- Tenerme por autorizando para oír y recibir notificaciones, los Estrados del propio Juzgado.
PROTESTO LO NECESARIO.
Pénjamo, Guanajuato, a 30 de Febrero del año 2014
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ALMA GUADALUPE PÉREZ MONDRAGON
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