Tabla Salarial Empleadas De Hogar 2013
JULUBA18 de Marzo de 2014
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NOCHES
VIGILIA
SALARIO
BRUTO (14 pagas)
Tramo SS
NOCHES
SIN VIGILIA
SALARIO
BRUTO (14 pagas) Tramo SS
5 noches 645,30 € (40 H/SEM) Tramo 7 5 noches 403,31 € (25 H/SEM) Tramo 5
noche extra 40 € /noche 5.05 €/h (8h ) Tramo corresp.
6 noches 483,98 € (30 H/SEM) Tramo 6
Se incrementará el salario correspondiente en un 12% en concepto
de responsabilidades asumidas que excedan las tareas domésticas
(cuidado de mayores dependientes, bebés, familias numerosas...)
APLICABLE A TODOS LOS SALARIOS
CONDICIONES LABORALES EN INTERNAS
Las dos pagas extras se abonarán en Junio y Diciembre, salvo prorrata.
Se abonarán en base al Salario Mínimo Interprofesional
Para trabajos realizados fuera del área metropolitana se abonará el transporte.
- ALTA SS. : Es obligatorio desde la primera hora de trabajo.
- CONTRATO ESCRITO: modelo oficial que se presentará en la oficina de la Seguridad
Social. No será obligatorio hacer contrato escrito, (si alta SS) cuando el trabajo a desempeñar
no supere las cuatro semanas.
- VACACIONES: 30 días de vacaciones al año (15 días consecutivos a pactar por
ambas partes y avisando con dos meses de antelación).
- FESTIVOS: 14 días de fiestas laborales anuales. ( o retribuidos, o acumulados a
vacaciones.
- PERMISOS RETRIBUIDOS: Todos los que establece el Estatuto de los Trabajadores
(matrimonio, nacimiento de hij@, fallecimiento/enfermedad familiares hasta 2º).
- SUBSIDIO POR INCAPACIDAD: (accidente de trabajo o enfermedad profesional), se
abonará a partir del 9º días de la baja en el trabajo, estando a cargo del empleador el
abono de la prestación al trabajador desde los días 4º al 8º de la citada baja.
DESESTIMIENTO DEL CONTRATO por parte del empleador: se hará por escrito. Si la
relación laboral era de un año o más deberá avisarse con 20 días de antelación, en los
demás supuestos con 7 días de antelación. La indemnización será de 12 días por año
trabajado.
Art. 8 Retribuciones. Este salario podrá ser objeto de mejora.
Por servicios prestados durante menos de 60 horas mensuales por empleador, y ambas
partes acuerdan que el empleado de hogar tramite su afiliación a la seg. Social, el
empleador tendrá que dar su parte de cotización al empleado de hogar para su posterior
ingreso.
Disponer de 2 horas diarias de descanso.
Descansar 36 horas consecutivas comprendidas, como regla general,
la tarde del sábado o la mañana del lunes y el día completo del domingo
El descanso entre él final de una jornada y el inicio de la siguiente será
como mínimo de 12 horas pudiéndose reducir a 10 horas otra
La cotización como Empleada de Hogar no da derecho al cobro de desempleo.
Menos de 10 horas semanales u hora extraordinaria se pagará a 8 € la hora
(no está incluida las vacaciones) La S. Social será el tramo que corresponda en cada caso
INTERNAS Tareas domésticas + cuidado de niñ@s / mayores NO DEPENDIENTES
SALARIO BRUTO (12 + 2 pagas) SALARIO PRORRATEADO en 12 pagas Tramo SS
774,62 € + 2 pagas de 645,30 882,17 € T. 8
INTERNAS Tareas domésticas +cuidado de bebes y/o mayores asistidos u otras situaciones especiales
SALARIO BRUTO (12 + 2 pagas) SALARIO PRORRATEADO en 12 pagas Tramo SS
875,22 € + 2 pagas de 645,30 982,77 € T. 8
SALARIO BRUTO (14 pagas) SALARIO PRORRATEADO EN 12 pagas Tramo SS
387,18 € 451,71 € T. 4
FIN DE SEMANA INTERNA
SALARIO POR DÍAS FESTIVOS
(Sin pernoctación)
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