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Enviado por cieloceleste • 17 de Enero de 2015 • 298 Palabras (2 Páginas) • 112 Visitas
IMPLEMENTACIÓN DE LA ORALIDAD EN EL JUZGAMIENTO
El Código Procesal Penal del 2004 opta exclusivamente por el sistema acusatorio, cuyo objetivo es que la existencia del delito y la responsabilidad del delincuente sea determinada en
un juicio oral con todas las garantas !roc"sal"s constitucional"s o a tra#$s d" los %"canis%os alt"rnati#os d" t"r%inaci&n d"l !roc"so !"nal
.En el proceso penal del Código Procesal Penal del 2004, la inormación que en el juicio oral obtienen los jueces para sentenciar es ruto exclusivo de la prueba producida en el plenario, con las !nicas excepciones de la prueba anticipada y la prueba pre"constituida. Es decir, en un sistema acusatorio la prueba no es lo que le #parece$, #conviene$, o simplemente lo que leen o escuc%an los jueces, sino el resultado de la aplicación t&cnica de las reglas de la prueba que determinan el examen dogm'tico"jur(dico de la ley procesal, sobre todo el que corresponde elaborar a trav&s de la jurisprudencia o doctrina judicial, a!n deudora en este tema.En la etapa del ju)gamiento en este nuevo sistema procesal explicar& de manera abreviada las tres partes de la audiencia del juicio oral y cómo cada una &stas se ve inluenciada por la iloso(a del sistema mixto como del acusatorio.
Pri%"ra !art"'
*e denomina momento inicial de la audiencia del juicio oral, y consta de los siguientes actos procedimentales+.
Instalaci&n d" la audi"ncia ( u)icaci&n d" los suj"tos !roc"sal"s
." En el Código de Procedimientos Penales de -40 se observa la cl'sica posición del ribunal, ubic'ndose a su rente /en orma solitaria/ el acusado, a la i)quierda el abogado deensor, as( como el abogado del tercero civil a la derec%a el 1iscal *uperior, as( como el abogado de la parte civil, y detr's de todos ellos el p!blico. *i bien el Código Procesal Penal del 2004 mantiene estas ubicaciones,
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