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Testamento Privado


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2012  •  387 Palabras (2 Páginas)  •  7.426 Visitas

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TESTAMENTO PRIVADO

Este tipo de testamento entra en la clasificación de los testamentos especiales que son aquellos que se hacen tomando en cuenta determinadas circunstancias y solo en atención a las mismas se permite recurrir a esa forma privilegiada.

El testamento privado se puede dar de manera escrita u oral, en ambos casos se tomara como valido; pero para que se pueda aceptar la manifestación verbal es necesario que tanto el testador como los testigos se encuentren en una imposibilidad absoluta para redactar por escrito las clausulas del testamento.

Este tipo de testamento solo se autorizara siempre que haya imposibilidad de testar en la forma ordinaria, ya sea por el testamento público abierto, cerrado u ológrafo; esta imposibilidad puede deberse a enfermedad del testador, grave y urgente que impida la concurrencia del notario; a la falta de notario en la población, o la imposibilidad de que concurra por algún hecho, en los casos, por ejemplo. De epidemia, sitio, etc.

El testamento privado solo surtirá efectos si el testador fallece de la enfermedad o en el peligro que se hallaba o dentro de un mes de desaparecida la causa que lo autorizo.

El testamento privado debe ser redactado por el testador, escrito por este o bien si no sabe o no puede escribir, por uno de los testigos que concurran. Deben ser cinco testigos idóneos, es decir, que no se encuentren imposibilitados para serlo por lo establecido artículo 1395 del código civil del estado de Querétaro. Si los testigos no saben o no pueden escribir o por la urgencia del caso es imposible hacer la redacción antes de que muera el testador, valdrá la simple manifestación verbal.

El código civil del estado de Querétaro establece en sus artículos 1462 y 1467 primero que en los casos de suma urgencia bastaran tres testigos idóneos. Y segundo que los testigos que concurren a un testamento privado deberán declarar circunstancialmente:

• El lugar, la hora, el día, el mes y el año en que se otorgo el testamento

• si reconocieron, vieron y oyeron claramente al testador

• el tenor de la disposición

• si el testador estaba en su cabal juicio y libre de cualquier coacción

• el motivo por el que se otorgo el testamento privado

• si saben si el testador falleció o no de la enfermedad o en el peligro en que se hallaba.

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