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Testamento Privado


Enviado por   •  22 de Julio de 2014  •  1.070 Palabras (5 Páginas)  •  425 Visitas

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Petit, señala en sus investigaciones, que la institución de testar nació precisamente desde el origen de Roma donde ya se hablaba de capacidad para testar, nulidad o invalidación de testamentos.

En esta época clásica se conocieron dos formas de testar:

“Caltis comitis”

La primera se utilizaba en épocas de paz y el testador manifestaba su voluntad delante de los comicios para curias.

“Improcinctu”, se testaba en tiempo de guerra, ante los compañeros a equipados y bajo las armas.

Posteriormente, nació es el testamento “nuncupativo”, se hacia la declaración del testamento ante siete testigos, oralmente; la disposición testamentaria debía inscribirse sobre tablillas, y se guardaba el testamento con sellos de los testigos que comparecían al acto, quedando así perfeccionada la disposición testamentaria.

EN FRANCIA

En la época feudal, el testamento era una forma de donación irrevocable, el testamento se otorgaba ante un notario religioso o cura del lugar, este escuchaba del testador su dictado y lo escribía en pliegos para entregar dicho pliego al otorgante como constancia de su voluntad cuando se consolidaron las grandes monarquías modernas, el testamento deja de ser un acto religioso y los tribunales eclesiásticos pierden fuerza; el testamento se convierte en un acto puramente civil.

EN ESPAÑA

A fines de la edad media, se producen normas que se aplicaban en el imperio romano, con la diferencia que al hablar de testamento escritos, no se requerían testigos, así como no se hablaba de testamento militar.

Ya se señalaban como formalidades: que el testador debía de ser capaz, que los testigos debían de ser idóneos, que los testigos deberían permanecer el tiempo que durara el otorgamiento, y que en un solo acto debía otorgarse.

EN MEXICO

En la legislación que establece el código civil de 1870 y el de 1874, reconoce a la institución Jurídica del testamento como acto jurídico, personalismo, revocable, libre y de ultima voluntad; clasificándolos en su modalidad ordinaria ante notario publico y tres testigos y como excepción los testamentos en que se prescinde la intervención notarial, se admite forma puramente verbal y se aumente el número de testigos.

DEFINICIONES DE TESTAMENTO

Testatio et mens, son dos palabras del latín que quieren decir testimonio de la voluntad del hombre, de estás palabras fue tomando el nombre de testamento.

El código 1884, definía el testamento como “El acto por el cual persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos”

Actualmente, el articulo 1182 del código civil de B.C. define al testamento como “un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos y declara o cumple deberes para después de su muerte”

En cuanto a la forma de los testamentos, los artículos 1386 y 1387 los clasifican en ordinarios y especiales;

Dentro de los ordinarios encontramos: publico abierto, publico privado, ológrafo y publico simplificado;

Dentro de los especiales tenemos: el privado, el militar, marítimo y el hecho en país extranjero.

TESTAMENTO PRIVADO ( Art.1452 al 1465)

Es aquel que se admite siempre

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