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Tipos Penales


Enviado por   •  17 de Marzo de 2015  •  888 Palabras (4 Páginas)  •  176 Visitas

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Los tipos penales sobre los que centraré el estudio en el presente trabajo, son aquellos establecidos en los arts. 144 bis, incs. 2° y 3° y 144 tercero, incs. 1° y 3° del Código Penal. Más allá de las consideraciones particulares de cada uno de ellos, es importante decir que los delitos tipificados en aquellos poseen características generales, que desarrollo seguidamente.

Como primer especificidad principal, es pertinente señalar que los presentes son delitos especiales (o delicta propia); esto es, sólo pueden ser sujetos activos aquellas personas que reúnen ciertas características especiales.i En éste caso, dichos caracteres son los estatuidos por el art. 77 del Digesto de Fondo, en cuanto éste define la figura de los funcionarios públicos. Interesante es traer a colación lo que sostiene sobre el punto el propio relator del Código Penal, quien aclarase que las conductas individualizadas en los referidos tipos penales son, en esencia, restricciones realizadas por funcionarios públicos que abusan de las atribuciones que poseen sobre el punto -entiéndase, están autorizados a restringir la libertad ambulatoria de los individuos, bajo determinados parámetros-, cometiendo arbitrariedades, que importarán una afectación al adecuado funcionamiento de los órganos del Estado.ii

En principio, acuerda la doctrina dominante, que la conducta para resultar típica, debe afectar tanto al bien jurídico libertad, como al de Administración Pública, ya que una de las expectativas normativas que la figura establece, se relaciona con el correcto desempeño de sus cargos por los distintos agentes estatales que laboran en la materia. A partir de la afirmación reseñada renglones arriba, como consecuencia lógica se deduce que: a) para el caso en que halla una privación de la libertad que se agrave en lo que concierne a sus condiciones de realización, pero sin que se afecte la Administración Pública, la subsunción típica del comportamiento debe derivarse a alguna figura básica del capítulo en cuestión -privación ilegal de la libertad, coacción, etc.- en concurso -ideal o real, según el caso- con algún otro delito -el de lesiones, por ejemplo-; y, b) si, en cambio, se afecta solamente la Administración Pública, el hecho debe reconducirse de conformidad a lo normado por el art. 248 del Plexo de Fondo.iii

Como bien explica Rafecas, todos los casos a lo que haré referencia, se relacionan con situaciones en las cuales un funcionario público -servidor público, en sus términos- hace uso de las facultades que el ordenamiento normativo le confiere para llevar adelante la privación de libertad de los sujetos en forma arbitraria -por ende, ilegal-, menoscabando de ésta forma el ejercicio de las libertades individuales garantizadas constitucionalmente. Estas situaciones -me refiero a las que analizo en el presente ensayo- hacen al cómo de la detención o privación de libertad, lo que implica que resultan

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