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Actividad Constitucion politica de Colombia

Juan Jesus Rincon SolanoTrabajo2 de Marzo de 2020

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DOCUMENTO SOBRE ACCIÓN CONSTITUCIONAL

Presentado por:

LEIDY CAROLINA PEÑATA

Presentado a:

DAVID EDUARDO BELLIDO MENDOZA

NRC 7715

Constitución Política

       

Colombia, Bucaramanga Santander                                      Octubre 05 de 2019        

INTRODUCCIÓN

La constitución política de Colombia de 1.991 establece diferentes mecanismos de protección para los derechos e intereses jurídicos de la ciudadanía; estos mecanismos permiten el resguardo de esos intereses  con lo que denominamos acciones constitucionales.

Las acciones constitucionales son un grupo de instrumentos jurídicos de protección y garantía para la protección de los principios, deberes y derechos consagrados en la constitución política.

Entre las acciones constitucionales encontramos: La acción de Tutela, la acción de cumplimiento, acción popular, acción de grupo, acción de habeas data, acción de habeas corpus; estas acciones dentro de nuestro estado que es social de derecho, siendo así el estado Colombiano, los seres humanos y su dignidad constituyen el máximo valor de la perspectiva constitucional.

En el presente caso, identificaremos una situación presentada por un habitante de la comunidad del barrio Campo Alegre de Lebrija, en cuyo caso se empleó la acción de Tutela, siendo un mecanismo subsidiario para los ciudadanos con falta de recursos de defensa, como en su situación de desplazamiento y Vulneración de sus Derechos.

PROBLEMÁTICA ACCION CONSTITUCIONAL

Del título II de la constitución política acerca  de los Derechos, las Garantías y los Deberes en su capítulo I habla de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Durante la visita a la comunidad del barrio Campo Alegre, encontramos el caso de Ludy Pérez una madre cabeza de familia, quien hace 3 años llego al municipio de Lebrija desplazada por la violencia. Ludy  se siente que sus derechos fundamentales se han vulnerado, pues dice que su condición de desplazada y además de estar en estado de embarazo la limita en la búsqueda de empleo formal.

Hace 2 Semanas, Ludy laboraba en un asadero de pollo llevaba 1 año trabajando, cuando ella le comunicó que estaba en estado de embarazo, su jefe la despidió de su trabajo. Aconsejamos a Ludy de presentar una acción de Tutela contra su jefe, pues esta acción constitucional permite la protección de los derechos fundamentales consagrados en la constitución política para este caso: a un trabajo digno, al buen nombre y a la honra, Además estabilidad Reforzada mínimo vital figura jurídica que protege al trabajador de ser despedido sin una causa objetiva cuando se encuentra en debilidad manifiesta por circunstancias que a ley señala. Las mujeres en estado de embarazo y en periodo de lactancia al tenor de lo dispuesto por el artículo 239 del código sustantivo del trabajo

Ludy procedió con la acción de Tutela presentándola ante un juez, la tutela es un mecanismo subsidiario de protección para aquellas personas que no cuenten con otro medio de defensa, el trámite de tutela es corto y ágil, la respuesta se obtendrá en un plazo no mayor a 10 días. Ambas partes fueron citadas por el juez y  finalmente el juicio emitido a la acción de tutela fallo  a favor de Sandra, su jefe la tuvo que reintegrar a su puesto de trabajo y cancelar una indemnización.

BIBLIOGRAFIA

http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2019/C-253-19.htm

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