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Análisis de la sentencia dictada.


Enviado por   •  6 de Abril de 2016  •  Informes  •  429 Palabras (2 Páginas)  •  155 Visitas

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El Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia número 9 dictada el primero de marzo del presente año indicó que la Asamblea Nacional tiene el de techo de participar en los procesos complejos e institucionales de designación y remoción de magistrados y magistradas del TSJ para selección definitiva y para la remoción conforme lo pautan en los artículos 264-265 de la constitución concentrado en sus roles en el equilibrio entre los poderes públicos.

Por otro lado, el de TSJ afirma que el parlamento nacional no esta autorizado para revisar, analuar,revocar, o de cualquier forma dejar sin efecto el proceso interinstitucional de designación de los magistrados y magistradas del tsj principales y supletentes en el que también participan el Poder Ciudadano y el Poder Judicial, además no esta previsto en la constitución y atentar contra el equilibrio entre poderes. Es decir no podrán remover a los magistrados y magistradas sin tener la mayoría calificada de las terceras partes de sus integrantes, sin audiencia pretende a al interesado o interesada y en casos de supuestas faltas graves. Cabe señalar que ni antes, ni ahora puede calificarse la remoción de la n magistrado como un acto administrativo, sino que es considerado como un acto parlamentario en ejecución directa e inmediata de la constitución según con lo establecido en el artículo 334 de la carta magna de la República, asimismo esto constituye un imperativo de la sala constituciónal declarar como efecto lo hace a través de esta sentencia la nulidad absoluta e irrevocable de los actos mediantes los cuales la Asamblea Nacional pretende impulsar la revisión de procesos constitucionalme incluidos en la selección de magistrados y magistratas por ende las actualizaciones mediante las cuales creo las comisiones especiales designados para evaluar los nombramientos así como todas las actuaciones derivadas de ellas las cuales son existentes tonto jurídicas como constitucionalmente según lo establecido en en el artículo 334.

Cabe e resaltar que el tsj también verifico que la como institución le atribuye la competencia de control político a la Asamblea Nacional sobre el gobierno y la administración Pública Nacional y sobre el resto de los poderes públicos como, judicial, ciudadano, electoral, estadal, , ni sobre el poder municipal, expresando también que cada convocatoria que efectúe el Poder Legislativo Nacional en su ejercicio de las labores de control parlamentario deberán estar dirigidos único y exclusivamente a los funcionarios sometidos a control político e indicar el motivo y alcance de dicha convocatoria.

Artículos 264. Se establece que los magistrados y magistradas del tsj serán elegidos por un período de 12 años al cumplirse ese período la ley determina

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