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Aplicacion De La Norma En El Tiempo


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2012  •  945 Palabras (4 Páginas)  •  604 Visitas

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II. APLICACIÓN DE LA NORMA EN EL TIEMPO

Marcial Rubio Correa distingue la siguiente terminología de acuerdo a como debe procederse en la aplicación de la norma en el tiempo:

• APLICACIÓN INMEDIATA DE LA NORMA. Es aquella que se hace a hechos, situaciones o relaciones jurídica que ocurren durante la entrada en vigencia de la norma hasta el momento de quiebre, modificación o derogatoria.

Esta aplicación inmediata o necesaria de la norma se debe a lo que nosotros llamamos y vemos con frecuencia en los dictados de sentencia por los jueces o sanciones que corresponden a consecuencias jurídicas que tienen lugar o son consumados durante el periodo, desde que entra en vigencia la norma.

Entonces podemos decir que JUAN PEREZ ha consumado un hecho con la vigencia de un ordenamiento jurídico, pues se le aplicara la norma que estuvo vigente en el momento de comisión del hecho.

• APLICACIÓN ULTRATIVA DE LA NORMA. Es aquella que se hace a los hechos, situaciones y relaciones que ocurren luego que ha sido derogada o modificada se manera expresa o tacita es decir, luego que termine su aplicación inmediata.

En el ordenamiento jurídico, nuestras normas se van modificado o derogando de manera expresa (por pronunciamiento de la misma norma) y tacita (por incompatibilidad de la norma), pero muchas veces en ese proceso hay situaciones o relaciones que han sido constituidas antes de que esta haya sido sometida a este proceso de modificación o derogación y que posteriormente después de la derogatoria se produzcan las consecuencias, pero que las consecuencias primarias ya habían tenido en su totalidad lugar en la legislación anterior.

Entonces, si Juan Pérez deja un testamento con el ordenamiento jurídico de 1936, pero el testador fallece después que entra en vigencia el código civilde 1984 derogando al anterior.

Si bien usamos las reglas de la lógica y los principios que este articulo establece, nos encontramos frente a un análisis ultrativo de la norma.

• APLICACIÓN RETROACTIVA DE LA NORMA. Es aquella que se hace para regir hechos, situaciones o relaciones jurídicas que tuvieron lugar antes del momento en que entra en vigencia la norma, es decir, antes de su aplicación inmediata.

Esta aplicación retroactiva conoce dos modalidades:

Aplicación retroactiva restitutiva: Es aquel caso en que la aplicación retroactiva es absoluta de acuerdo con las consecuencias jurídicas que derivan de sus supuestos. Es decir, modifica en su totalidad los hechos, relaciones o situaciones jurídicas.

Nos referimos en su totalidad y su absolutismo ya que puede modificar las sentencias judiciales que hayan pasado a cosa juzgada. Este modelo de aplicación retroactivo de la norma es prácticamente inexistente en nuestro derecho actual.

Aplicación retroactiva ordinaria: es aquel caso en el que la aplicación de la norma se hace de manera relativa. Esto quiere decir que modifica de manera parcial los hechos, relaciones o situaciones lo que significa que puede modificar actuaciones anteriores al momento del punto de quiebre de la norma, pero salvo las sentencias judiciales

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