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CAMBIOS EN IVA


Enviado por   •  5 de Agosto de 2013  •  631 Palabras (3 Páginas)  •  404 Visitas

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CAMBIOS EN IVA

Desde el 1º de enero de este año las tarifas del IVA son 0 %, 5 % y 16 %. Además, se incluyó la modificación en el periodo gravable de este impuesto, pues podrá ser bimestral, cuatrimestral o anual dependiendo de los ingresos brutos obtenidos en el año gravable anterior.

Modificación en los periodos gravables de IVA

Dentro de los cambios que trae consigo la reforma tributaria se incluye la modificación al periodo gravable del impuesto sobre las ventas (IVA), el cual podrá tener un periodo gravable bimestral, cuatrimestral o anual dependiendo de los ingresos brutos obtenidos al 31 de diciembre del año gravable anterior.

Estos son los nuevos periodos gravables de IVA que regirán a partir del 2012

Bimestral

Todos aquellos responsables del impuesto a las ventas, grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable anterior sean iguales o superiores a 92.000 UVT.

Enero-febrero Marzo-abril Mayo-junio

Julio-agosto Septiembre-octubre Noviembre-diciembre

Cuatrimestral

Personas naturales y jurídicas responsables de IVA que hayan obtenido ingresos brutos superiores a 15.000 UVT, pero inferiores a 92.000 UVT al 31 de diciembre del año gravable anterior.

Enero-abril Mayo-agosto Septiembre-diciembre

Anual

Personas naturales y jurídicas cuyos ingresos brutos en el año gravable anterior fueron iguales o inferiores a 15.000 UVT. El periodo será equivalente al año gravable enero –diciembre.

Sin embargo, estas personas deberán realizar pagos cuatrimestrales sin declaración a modo de anticipo, teniendo en cuenta el valor del IVA total pagado al 31 de diciembre del año gravable anterior de la siguiente forma:

a) Un primer y segundo pago correspondiente al 30 %, cada uno del total del IVA pagado a 31 de diciembre del año anterior, estos pagos se realizarán en los meses de mayo y septiembre respectivamente.

b) Y un último pago que corresponderá al saldo del IVA efectivamente generado en el periodo gravable, el cual se deberá pagar al tiempo con la declaración

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