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Caso Befumo, Juan E. C/Sevel S. A. Y Otro (analisis)


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2013  •  337 Palabras (2 Páginas)  •  5.662 Visitas

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Befumo, Juan E. c/Sevel S. A. y otro

29 de mayo de 1992

1- Hechos del caso: el señor Befumo sufre un accidente con su automóvil Duna SD al romperse el portamasa de dicho vehículo, de cuya ruptura se siguió que éste quedó despojado de su rueda delantera derecha, se arrastró sufriendo daños en parte inferior y doblando la rueda trasera derecha, y se detuvo finalmente al dar contra un árbol que dañó diversas partes de la estructura exterior del lado derecho. El actor demanda a la concesionaria Sevel de autos Fiat por venderle un automotor con “vicio oculto” en el portamasa y semieje con la rueda delantera derecha.

2- El señor Befumo reclama la sustitución del automotor porque: considera que le vendieron uno defectuoso.

3- El resultado de la pericia fue: que la pieza rota poseía la dureza prevista en las normas de fabricación pero una composición química inadecuada. Está demostrado pericialmente que la pieza recibió cuando menos un impacto (cargas impactuales importantes).

4- Conforme el voto del Dr. Alberti lo relevante del juicio es: la calidad de la pieza rota.

5- La postura del tribunal respecto del “precio” y la “calidad” del bien en cuestión es: que el actor no pagó por un automotor de gran calidad, sino al contrario, adquirió uno de los más baratos del mercado. A ese precio modesto correspondió la adquisición de una modesta calidad que consistió en el empleo de una pieza cuyo metal poseyó la dureza requerida por la norma pero no la composición química del metal.

6- A la conclusión que se llega con relación a la “responsabilidad” del fabricante es: que no es imputable porque procedió dentro de la general pobreza industrial y económica del medio. Con respecto a la “concesionaria”: tampoco es imputable responsabilidad por vender el automóvil fabricado por Fiat.

La causa se resuelve sobre la base normativa del art. 1632CCiv.

7- El tribunal dispone respecto de los costos de la peritación sobre la pieza rota: que deben ser impuestos íntegramente a la parte demandada, porque le será útil tal estudio para mejorar su producción.

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