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Consejo De La Administración Fiduciaria De Las Naciones Unidas


Enviado por   •  2 de Octubre de 2014  •  665 Palabras (3 Páginas)  •  221 Visitas

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Consejo de la Administración Fiduciaria de las Naciones Unidas

El Consejo de Administración Fiduciaria de las Naciones Unidas, es uno de los principales órganos de las Naciones Unidas, fue establecido en el Capítulo XIII de la Carta de las Naciones Unidas, para supervisar la administración de los territorios en fideicomiso puestos bajo el régimen de administración fiduciaria, para promover el adelanto de los habitantes de susodichos territorios y su desarrollo progresivo hacia el gobierno propio o la independencia.

Historia del Consejo de la Administración Fiduciaria de las Naciones Unidas

El Consejo de Administración Fiduciaria se constituyó en 1945 para supervisar la preparación de los territorios en fideicomiso para su autonomía o la independencia, como sucesor del sistema de Mandatos de la Sociedad de Naciones.

En total fueron once los territorios puestos bajo fideicomiso: siete en África y cuatro en Oceanía. Diez de estos territorios habían sido previamente Mandatos de la Sociedad de Naciones, y el undécimo fue Somalilandia Italiana.

Los propósitos del régimen de administración fiduciaria se han cumplido a tal punto que todos los territorios en fideicomiso han alcanzado el gobierno propio o la independencia, ya sea como Estados separados o mediante su unión con países independientes vecinos. El único territorio que no se ha integrado como parte de otro Estado o ha adquirido su independencia han sido las Islas Marianas del Norte al decidir convertirse en un Estado Asociado (Commonwealth) con EE.UU. desde 1976.

El 1 de noviembre de 1994, el Consejo de Seguridad puso fin al Acuerdo de Administración Fiduciaria correspondiente al último de los 11 territorios en fideicomiso originales que figuraban en su programa: el Territorio en Fideicomiso de las Islas del Pacífico (Palaos), administrado por los Estados Unidos.

Actividad del Consejo de la Administración Fiduciaria de las Naciones Unidas

De conformidad con el artículo 87 de la Carta de las Naciones Unidas (Capítulo XIII), el Consejo de Administración Fiduciaria está autorizado a examinar y debatir los informes presentados por la autoridad administradora respecto del adelanto político, económico, social y educativo de la población de los territorios en fideicomiso y, en consulta con la autoridad administradora; a examinar peticiones provenientes de los territorios en fideicomiso; y a realizar visitas periódicas y otras misiones especiales a esos territorios.

El Consejo de Administración Fiduciaria no mantuvo ninguna responsabilidad para los territorios coloniales fuera del sistema de fideicomisos, aunque la Carta de las Naciones Unidas establecía el principio de que los Estados miembros deberían administrar tales territorios conforme a los intereses de sus habitantes.

Desde

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