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Naciones Unidas


Enviado por   •  21 de Mayo de 2013  •  6.857 Palabras (28 Páginas)  •  314 Visitas

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CAPITULO I

EL FUNDAMENTO DE LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LAS ORGANIZACIONES DE LAS NACIONES UNIDAS.

Para hallar la responsabilidad internacional de Naciones unidas, se hará desde tres concepciones fundamentales que origina los pilares que sostiene que se de una efectiva responsabilidad en el ámbito del Derecho Internacional Contemporáneo y son un fundamento práctico, el fundamento filosófico-jurídico y por último el fundamento jurídico internacional dando paso a su respectivo desarrollo.

FUNDAMENTO PRÁCTICO: EL DESARROLLO CRECIENTE DE LAS ACTIVIDADES DE NACIONES UNIDAS.

Unos de los fenómenos de mayor trascendencia para el Derecho internacional es la proliferación y desarrollo de las organizaciones internacionales, así como se ha multiplicidad y complejidad de funciones y competencias que le han sido otorgadas, donde hay una relevancia en las transformaciones de la sociedad y el Derecho Internacional, donde el jurista debe situarse en un contexto histórico-social para aplicar el ordenamiento jurídico, pero las transformaciones del mismo en la historicidad viene marcada por las relaciones internacionales de los sujetos del Derecho Internacional, a continuación serán analizadas las transformaciones:

La estructura de la Sociedad internacional: la sociedad internacional posee ciertos rasgos definidos que determinan las transformaciones por causa de los nuevos intereses y necesidades que afecta de manera global a la Sociedad universal y para resolverlos mediante la cooperación institucionalizad, la interdependencia entre los países que ha aumentado de manera significativa en estas últimas décadas así la preocupación y el desarrollo en conjuntos de diferentes problemas en determinadas áreas o materias, que van desde los derechos humanos hasta el medio ambiente, desde la economía globalizada hasta la investigación científica y explotación de los medios marinos, oceánicos, ultraterrestres,… como palucha contra la delincuencia, el narcotráficos, la prostitución, el tráfico de personas, como la prevención y solución de conflictos que envuelve a los sujetos que forma cotidianamente el derecho internacional, para ello se necesita una respuesta global que solo puede ser obtenida a través de la cooperación institucionalizada de los Estados, como la creación de nuevas organizaciones internacionales como la profundidad de las competencias de las ya existen. A la creación de las Organizaciones Internacionales aportan a la estructura de la Sociedad Internacional importantes modificaciones a la vez que plantean nuevos problemas entre ellos el tema de estudio que es la Responsabilidad Internacional.

La universalización de la Sociedad Internacional: el proceso descolonizador llevado a cabo tras la Segunda Guerra Mundial y la aparición de nuevos estados sobre todo en los continentes Africano como Asiático que ha convertido verdaderamente a la Sociedad internacional universal o mundial, que ha producido una serie de profundas transformaciones en las relaciones internacionales y el Derecho internacional produciendo nuevas funciones y contenidos como promover el desarrollo integral. En conclusión la universalización de la Sociedad internacional ha acelerado el desarrollo de las organizaciones internacionales que se llevan en la práctica en el Derecho Internacional otorgando nuevas funciones y competencias de manera expresa como implícitas a la O. N. U. cuyas resoluciones tienen cada vez mayor influencia en el derecho internacional y a los sujetos a los que este se dirige.

El final de la escisión ideológico-político Este - Oeste. Este aparte afecto de manera esencial a los órganos especiales de Naciones Unidas, sobre todo al Consejo de Seguridad que tendrá como consecuencia principal la oportunidad de utilizar todos los mecanismos previsto en la Carta de San Francisco para el cumplimiento de sus propósitos que los estados miembros le han asignado y su principal es el Mantenimiento de la Paz y la Seguridad internacional, utilizando los poderes que la carta le otorga aunque son amplios no pueden ser ilimitados.

Todos estos factores regulan el derecho internacional donde provocaron la transformación del Derecho internacional Clásico (liberal, descentralizado, oligárquico) paso hacer un Derecho Internacional Contemporáneo donde sus cualidades a resaltar son: Social, institucionalizado y democrático.

Otro punto es como se concibe las Organizaciones internacionales en la actualidad, ya que surgieron como consecuencia de la aparición de problemas que no podían ser resuelto en el marco de Estado-nación y este proceso se ha dado de una forma violenta sobre tofo en la década de los noventa, ampliándose y diversificándose su radio de actuación, tomando todo lo referente a la actividad del hombre, los rasgos más relevante son de carácter cuantitativo; donde se ha fortalecido la institucionalización de la sociedad por la proliferación acelerada de Organizaciones internacionales que para el año 2000 según el reporte de Yearbook of internacional organizations establece que hay en la actualidad 241 organizaciones. Y otro de carácter cualitativo donde las organizaciones internacionales realizan unas determinadas funciones entre las más relevantes; son instrumentos para alcanzar los fines comunes de sus miembros, como para la cooperación interestatal jugando un papel interdependiente al de sus estados miembros. También hay que destacar que las organizaciones internacionales se pueden dividir entre Organizaciones de cooperación y coordinación y Organizaciones de integración y de unificación; las primeras tienen las funciones de cooperación, mediante la realización de unas acciones coordinadas entre sus miembros con el fin de alcanzar unos objetivos colectivos. Respetuosa de la soberanía de sus Estados miembros, trasvasa la técnica de negociación y de adopción de decisiones por unanimidad a unos órganos comunes y permanentes. La cooperación interestatal y las decisiones de la Organización se dirigen a sus Estados miembros; no son aplicables en sus territorios sin su autorización y mediación. Se han establecido secretarías y participaciones delegaciones permanentes. Y las segundas es la Cesión de competencias de los Estados miembros a los órganos comunes; supone la atribución de poderes del mismo tipo que l os que resultan de las funciones superiores de un Estado a unos órganos independientes de los Estados; tiene la posibilidad de pronunciarse por mayoría en caso de estar formados por representantes gubernamentales. Las decisiones adoptadas tienen autoridad directa e inmediata en los órdenes jurídicos nacionales. Se produce en ellas una verdadera transferencia de competencias, lo que se plasma en:

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