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Contraloria Social


Enviado por   •  20 de Mayo de 2012  •  2.549 Palabras (11 Páginas)  •  440 Visitas

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INTRODUCCION

El desarrollo teórico que a continuación se presentara servirá de marco referencial ha una enseñanza que para el momento en nosotros era ajena, sobre todo lo concerniente a la materia de jurisdicción internacional, su definición y concepto nos brindara una clara idea de lo que se trata, transportándonos a aspectos del derecho internacional bien interesantes. Otro de los puntos del cual se estará haciendo referencia es el correspondiente al contexto sociopolítico y cultural de los pueblos latinoamericanos, importante por las grandes transformaciones que se han estado sucediendo en el continente en los últimos años sobre todo en el aspecto político.

Iniciemos pues el vistazo al contenido teórico detallado con anterioridad sobre los temas que se trataran en esta presentación.

CONTENIDO:

• Jurisdicción Internacional.

• Participación Política.

• Contexto Sociopolítico, Culturales Latinoamericano.

• Participación Orgánica y Derecho Multicultural.

• Legitimación de la Autonomía Político Cultural de los Pueblos.

Jurisdicción Internacional:

Se puede entender por Jurisdicción Internacional todo órgano cuya función sea la de dirimir conforme a derecho, mediante decisión obligatoria y en nombre de los sujetos en litigio, todo diferendo que las partes les sometan a dicha instancia.

Al hablar de este tema (Jurisdicción Internacional) estaremos refiriéndonos a cualquier procedimiento jurisdiccional de arreglos de controversias internacionales por mediación de un órgano arbitral ò judicial, y ya sea este de naturaleza ocasional ò permanente, pero siempre fallando de conformidad con las reglas del derecho internacional publico.

Cuando se habla de la técnica del arbitraje como la del arreglo judicial, confiere al órgano de competencia para dirimir un litigio con fuerza obligatoria, pero la diferencia es casi siempre que la jurisdicción arbitral surge por voluntad de las partes y es un órgano ad hoc, en tanto que la corte internacional es un órgano pre constituido independientemente de las partes.

Independiente de la jurisdicción arbitral en sus rasgos clásicos, hay que subrayar el hecho de que esta técnica ha tenido desarrollos nuevos en cuanto a su naturaleza misma, en el aspecto de las relaciones entre estados y particulares. En especial debe destacarse el interés por el arbitraje internacional de tipo comercial. La convención de 1965 adoptada en Washington bajo los auspicios del banco internacional para la reconstrucción y el desarrollo (BIRD), prevé en sus clausulas la constitución de un centro internacional para la solución de arreglo ò controversias contractuales, referentes a las inversiones extranjeras, pretendiendo acordar al arbitraje una función esencial en las relaciones entre países en vías de desarrollo y las empresas ò compañías extranjeras que ejercen en dicho lugar sus actividades financieras y económicas.

Esta convención debemos apreciarla como un intento de institucionalizar el sistema de clausulas arbitrales que pueden ciertamente ser frecuentes en los contratos conocidos como transnacionales; no obstante, el número de fallos dictados en esta materia permanece todavía bastante reducido.

No puede negarse que hasta ahora la justicia internacional, sea esta de carácter arbitral ò judicial, tiene su fundamento indiscutible en el libre consentimiento expresado por los estados (u otros sujetos de derecho internacional).

Participación Política:

La participación política puede definirse como toda actividad de los ciudadanos dirigida a intervenir en la designación de sus gobernantes o a influir en la formación de la política estatal. Comprende las acciones colectivas o individuales, legales o ilegales, de apoyo o de presión, mediante las cuales una o varias personas intentan incidir en las decisiones acerca del tipo de gobierno que debe regir una sociedad, en la manera cómo se dirige al Estado en dicho país, o en decisiones específicas del gobierno que afectan a una comunidad o a sus miembros individuales.

La participación política puede clasificarse siguiendo varios criterios5. De acuerdo a su inserción o no en el proceso estatal de toma de decisiones puede distinguirse entre participación institucional y no institucional; la primera se refiere a aquellas actividades integradas a los mecanismos gubernamentales de toma de decisiones: referendos, elecciones, organismos consultivos, etc. La segunda comprende actividades que no forman parte de los canales oficiales para el establecimiento de políticas, y que están dirigidas a ejercer presión sobre ellos, tales como manifestaciones, campañas electorales, peticiones individuales o colectivas a organismos públicos, promoción de intereses de grupos determinados o clases sociales, militancia y actividad dentro de los partidos políticos, etc.

Atendiendo al carácter de la decisión que resulta del acto de participación, ésta puede clasificarse en decisiva y consultiva. En la primera las decisiones tomadas por los ciudadanos tienen carácter vinculante para los gobernantes, quienes están obligados a regirse por ellas. Este es el caso de las elecciones y del referéndum en algunos países. La participación consultiva conduce a decisiones o proposiciones que formalmente el gobierno no está obligado a instrumentar. Este sería el caso de los llamados referendos consultivos, de la iniciativa popular legislativa, y en general de la participación no institucional. Sin embargo, a pesar de su carácter no vinculante, la participación consultiva puede tener efectos similares a la decisiva, dado el elevado costo político que para los gobernantes pudiera tener el obviar las propuestas de amplios sectores de la población.

La actividad de participación puede también ser clasificada en directa o indirecta. En el primer caso, la comunidad toma la decisión mediante votación universal, con la intervención de cada uno de sus miembros. Los referendos y las elecciones corresponden a este tipo. En la participación indirecta los ciudadanos designan representantes o mandatarios para que tomen parte, en nombre de los primeros, en la actividad correspondiente; por ejemplo, en el caso de organismos oficiales en los que se incluye representación de organizaciones ligadas a importantes sectores sociales tales como cámaras empresariales y centrales sindicales. La efectividad de este tipo de participación depende en gran parte de los mecanismos de elección de los mandatarios

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