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Convencion Cedaw Y Bellem Do Para


Enviado por   •  10 de Febrero de 2012  •  385 Palabras (2 Páginas)  •  2.468 Visitas

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CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER "CONVENCION DE BELEM DO PARA"

Los estados partes de la presente convención,

Reconociendo que el respeto irrestricto a los derechos humanos ha sido consagrado en la declaración americana de los derechos y deberes del hombre y en la declaración universal de los derechos humanos y reafirmado en otros instrumentos internacionales y regionales;

afirmando que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades;

Preocupados porque la violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres;

Recordando la declaración sobre la erradicación de la violencia contra la mujer, adoptada por la vigesimoquinto asamblea de delegadas de la comisión interamericana de mujeres, y afirmando que la violencia contra la mujer trasciende todos los sectores de la sociedad independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias bases; Convencidos de que la eliminación de la violencia contra la mujer es condición indispensable para su desarrollo individual y social y su plena e igualitaria participación en todas las esferas de vida, y Convencidos de que la adopción de una convención para prevenir, sancionar y erradicar toda forma de violencia contra la mujer, en el ámbito de la organización de los estados americanos, constituye una positiva contribución para proteger los derechos de la mujer y eliminar las situaciones de violencia que puedan afectarlas.

CEDAW

El artículo 17º de la convención dispone la creación de un comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (cedaw) con el fin de examinar los progresos realizados en la aplicación de la misma por los estados partes. el artículo 18º establece que los estados partes se comprometen a someter al secretario general de las naciones unidas para que lo examine el comité, un informe sobre las medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otra índole que hayan adoptado para hacer efectiva las disposiciones de la convención y los progresos realizados. se podrán indicar en los informes los factores y las dificultades que afecten al grado de cumplimiento de las obligaciones impuestas.

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