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Cumplimiento del Convenio 169 en Chile


Enviado por   •  20 de Diciembre de 2020  •  Ensayos  •  1.575 Palabras (7 Páginas)  •  88 Visitas

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   Universidad de Santiago de Chile[pic 1]

   Programa de Bachillerato en Ciencias y Humanidades

   Taller de Comunicación Oral y Escrita

   Eje de Escritura

Plan de escritura

  • Título:  Derechos Indígenas, ¿Utopía o Realidad?

  • Tema:  Cumplimiento del Convenio 169 en Chile

  • Pregunta: ¿Chile está cumpliendo con lo establecido en el Convenio 169, al cual está adscrito o es necesaria su salida de éste?
  • Tesis: El deber del Estado chileno es promover el cumplimiento del Convenio 169, resguardando a los pueblos indígenas y evitando la extinción de su cultura.
  • Argumento 1: Los países adscritos al convenio, deben respetar a los pueblos indígenas, puesto que su cultura es importante para cada país.
  • Argumento 2: Las comunidades indígenas tienen derecho a participar activamente en la sociedad con respecto a temas contingentes que les afecten.
  • Argumento 3: El gobierno es el responsable de que todos los pueblos indígenas tengan la reivindicación de sus tierras, según lo estipulado en el Convenio 169.
  • Contraargumento: Se han notificado diversas denuncias en las cuales el gobierno chileno, durante el período comprendido desde el año 2000 hasta la actualidad, vulnera a nuestros pueblos indígenas y se considera útil la marginación al Convenio 169.
  • Conclusión: Para finalizar, quiero rescatar uno de los puntos más importantes del ensayo, el cual es el incumplimiento, por parte del gobierno al Convenio 169, donde los pueblos indígenas son vulnerados a diario, quizá por falta de información y educación, pero también es un aprovechamiento del Estado, ya que nunca es tarde para educar al otro. Por otra parte, considero inútil la idea del gobierno, al querer renunciar al Convenio 169, porque su finalidad es la protección a los pueblos tribales, quienes son nuestros orígenes y patrimonio, además de que promueve frenar la vulneración de derechos que éstos han sufrido durante muchos años.

Bibliografía

http://www2.latercera.com/noticia/eventual-retiro-chile-del-convenio-169-inquieta-pueblos-originarios/

http://www.albedrio.org/htm/documentos/edd-002.pdf

 En la actualidad Chile tiene un tema pendiente con sus pueblos indígenas. Es normal que cada gobierno que hemos tenido procure dar a conocer planes relacionados a las comunidades originarias de nuestro país, cuya finalidad es resguardar los derechos de éstas y hacerlas cada vez más partícipes, aunque podemos discutir si se cumple a cabalidad este objetivo.

Además de las medidas tomadas como Estado chileno, se suma el Convenio 169 de la OIT, que habla acerca de la relación de los pueblos indígenas con la tierra, al cual nuestro país se adhirió y comprometió a cumplir cada uno de los artículos que lo componen.

Sin embargo, podríamos preguntarnos, ¿Chile está cumpliendo con lo establecido en el Convenio 169, o es necesario marginarse de éste? En nuestro territorio existen personas que se sienten con poder sobre otros, vulnerando así los derechos que poseemos.

En este ensayo hablaré de la situación actual de las comunidades indígenas y cómo lo anterior se refleja en la sociedad a través de pequeños actos, algunos ignorados por muchos. Pues creo que el deber del Estado chileno es promover el cumplimiento del Convenio 169, resguardando a los pueblos indígenas y evitando la extinción de su cultura. Dicho pacto fue promulgado el día 27 de junio de 1989 en Ginebra. En el caso de Chile, a pesar de haber adherido a esta alianza, en septiembre de 2008 firmó el tratado ante la Organización Internacional de Trabajo (OIT), pero recién la iniciativa entró en vigor un año más tarde.

Defiendo lo antes dicho, y enfatizo duramente que nuestro país no cumple con el convenio. Y en vista de la importancia de cultura de las civilizaciones indígenas, considero que debe ser valorada por nosotros, los ciudadanos de este país, ya que ellos nos entregan grandes valores y reliquias que debemos respetar y el Estado debe promover su valoración. En el Artículo 13.1 del pacto, el cual habla de la relevancia la cultura indígena.  Es decir que este enunciado recalca el deber del Estado, de respetar a las comunidades étnicas y los valores espirituales que éstos tienen en relación a la tierra y que son la base de su cultura. (…los gobiernos deberán respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales…) Artículo 13.1 Convenio 169

        En segundo lugar, considero que las comunidades indígenas tienen derecho a participar activamente en la sociedad con respecto a temas contingentes que les afecten. Asuntos que se resguardan en los incisos 1 y 2 del Artículo 15 del convenio, en el cual la participación que deben tener los pueblos indígenas es primordial en la toma de decisiones, teniendo derechos a ser consultados mediante procedimientos correctos. El documento agrega:

“Que los pueblos indígenas deben participar en los trabajos de planificación (Artículo 7, inciso 1), estudios de impacto (Artículo 7, 1) y cualquier otro tipo de resguardo que puedan estimar conveniente. (Convenio 169: Tierras y pueblos Indígenas, por Efrén Diego Domingo)

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