ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Divorcio Voluntario


Enviado por   •  20 de Agosto de 2013  •  2.031 Palabras (9 Páginas)  •  292 Visitas

Página 1 de 9

CONTENIDO

DIVORCIO VOLUNTARIO

“divorcio proviene del latín divortium que significa disolución del matrimonio barcia forma sustantiva del antiguo divortere que significa separarse direiteccion voltere dar vueltas. Según el pensamiento etimológico el divorcio significa “dos sendas que se apartan del camino “en un sentido jurídico abarca dos posibilidades una mayor y otra menor la disolución del vínculo matrimonial y a mera separación de cuerpos que deja subsistente el vínculo”

“en roma puede considerarse con dos formas distintas a) bona gratia en nuestros días es el llamado divorcio voluntario. Los jurisconsultos romanos fundaron esta institución en el sig. Razonamiento el mutuo disenso disuelve lo que el consentimiento había unido. Para este tipo de divorcio no se requería ninguna formalidad y surtía sus efectos por el solo acto de voluntad”

El divorcio voluntario en el código civil vigente, facilita en forma indebida la disolución del matrimonio por mutuo consentimiento, ya que llenándose ciertas formalidades que menciona el art. 272, que transcribimos después, los consortes pueden acudir ante el oficial del registro civil para que se levante un acta que de por terminado el matrimonio.

Si bien es cierto que es de interés general y social el que los matrimonios sean instituciones estables y de difícil disolución; lo es también, el que los hogares no sean focos de continuos disgustos y desavenencias, y si no están en juego los sagrados intereses de los hijos, y en forma alguna se perjudican derechos de terceros, debe disolverse el vínculo matrimonial con toda rapidez, y con esto la sociedad no sufrirá perjuicio alguno. Por el contrario será en interés el disolver una situación establecida sobre desavenencias, incongruente con el espíritu y la naturaleza de la institución matrimonial.

Requisitos del convenio de divorcio: el artículo 273 dispone: los conyugues que se encuentren en el caso del último párrafo del artículo anterior es decir que tengan hijos, o bien que sean menores de edad, o que tengan bienes comunes están obligados a presentar al juzgado un convenio en el que se fijen los siguientes puntos:

1.- designación de persona a quien sean confiados los hijos del matrimonio, tanto durante el procedimiento, como después de ejecutoriado el divorcio.

2.- el modo de subvenir a las necesidades de los hijos, tanto durante el procedimiento como después de ejecutoriado el divorcio.

3.- la casa que servirá de habitación a la mujer durante el procedimiento.

4.- la cantidad que a título de alimentos un conyugue deba pagar al otro durante el procedimiento, la forma en que debe dar para asegurarlo.

5.- la manera de administrar los bienes de la sociedad después de ejecutoriado el divorcio, así como la designación de liquidadores. A este efecto se acompañara un inventario y un avalúo de todos los bienes muebles o inmuebles de la sociedad.

Requisitos necesarios para solicitarlo:

El requisito básico para proceder a este tipo de divorcio es que ambos cónyuges estén de acuerdo en deshacer el vínculo que los une y que así lo soliciten al Juzgado. Esa solicitud, denominada demanda de divorcio, es un escrito dirigido al Juzgado en el que solicitan la ruptura del vínculo matrimonial los dos cónyuges conjuntamente o solamente uno, y el otro se adhiere posteriormente a esa petición. Como ya se ha señalado, la demanda de divorcio deberá estar fundamentada en alguna de las causas legales de divorcio. Otro requisito imprescindible consiste en que se presente junto con la demanda de divorcio una propuesta de convenio regulador. (Art. 777 LEC).

El procedimiento del divorcio de mutuo acuerdo dará comienzo mediante la presentación, ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar del último domicilio conyugal, o el del domicilio de cualquiera de los cónyuges si estos ya vivieran separados, de una demanda de divorcio firmada por ambos cónyuges o por uno de ellos con el consentimiento del otro. Esa demanda será acompañada por una serie de documentos exigidos por la Ley. Los cónyuges deberán acudir acompañados por Abogado y Procurador pudiendo ser el mismo para ambos.

En el plazo de tres días, los cónyuges serán citados para que, por separado, ratifiquen su deseo de divorciarse ante el Juez y su conformidad con lo reflejado en el Convenio.

Si los cónyuges no se ratifican en su deseo de divorciarse: El Juez acordará el archivo del asunto, aunque los cónyuges podrán reiniciar el proceso de divorcio por la vía contenciosa.

Si los cónyuges se ratifican en su deseo de divorciarse: El Juez examinará si el convenio regulador propuesto por los mismos es ajustado a derecho (si no es dañoso para los hijos o gravemente perjudicial para uno de los cónyuges) (art 90CC). Si el Juez no aprueba el convenio presentado (en todo o en parte), concederá a los cónyuges un plazo de diez días para proponer un nuevo convenio, limitado, en su caso, a los puntos que no hayan sido aprobados. Presentada la nueva propuesta o transcurrido el plazo concedido sin hacerlo el Juez resolverá lo que estime oportuno, atendiendo siempre al interés familiar.

Una vez ratificados, y en el caso de que algún hecho relevante no pudiera ser acreditado con los documentos presentados con la demanda, deberán en ese mismo escrito proponer las pruebas de que quieran valerse (testigos, prueba pericial, etc.) para acreditarlo. Para la práctica de dichas pruebas contaran con un plazo de diez días.

Además, si hay hijos menores de edad, el Juez recabará un informe del Ministerio Fiscal. El Juez oirá a los hijos si tienen suficiente juicio y, en todo caso, si son mayores de 12 años, trámite que se realizará de forma privada y respetando, en todo caso, el derecho a la intimidad del niño y la confidencialidad.

Sin más trámites, el Juez dictará sentencia que, si se han cumplido los requisitos legales señalados, deberá conceder el divorcio, produciéndose, desde ese momento los efectos del mismo.

Los cónyuges podrán recurrir tanto la sentencia que deniegue la separación como el auto que acuerde alguna medida que se aparte de los términos del convenio propuesto. Para hacerlo, se deberá presentar un escrito, en los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, ante el mismo Juez que la dictó, señalando la intención de recurrir. Posteriormente, se dispondrá de un plazo de veinte días para interponer el recurso, debidamente fundamentado, ante el Juzgado que dictó aquella resolución, que lo elevará a

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (12.5 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com