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ESCISION DE SOCIEDADES


Enviado por   •  19 de Diciembre de 2020  •  Prácticas o problemas  •  417 Palabras (2 Páginas)  •  159 Visitas

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UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL PERÚ

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FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y EMPRESARIALES

TEMA:

ESCISION DE SOCIEDADES

CURSO:

CONTABILIDAD DE SOCIEDADES.

DOCENTE:

ANCO LUIS ATARAMA URBINA.

ALUMNA:

GUERRERO TICLLA ERIKA DEL ROCIO

CODIGO:

U19211891

CICLO:

Lima – Perú

2020

ESCISION DE SOCIEDADES

Proceso de separación de una sociedad por la cual se crea otra independiente, la parte que es separada de la sociedad original pueden ser activos como pasivos. Ofrece la oportunidad que la sociedad incidida tenga una nueva imagen, así como una historia independiente de la empresa que le dio origen.

MODALIDADES:

  • POR DIVISIÓN O EXTINCION (ESCISION TOTAL)

Cuando la sociedad incidida se divide en dos o más bloques patrimoniales, transfiriéndose dichos bloques a sociedades ya existentes o nuevas sociedades beneficiarias

  • POR SEGREGACIÓN (ESCISION PARCIAL)

Cuando parte del patrimonio de la sociedad incidida, transfiriéndose dicho bloque patrimonial a una sociedad ya existente o a una nueva sociedad beneficiaria

PASOS PARA LA ESCISION DE SOCIEADES:

  • Aprobación del proyecto de decisión
  • Convocatoria general
  • Requisitos de convocatoria
  • Acuerdo decisión
  • Fecha de entrega y vigencia
  • Balances decisión
  • Publicación del aviso
  • Escritura publica
  • Derecho de oposición
  • Derecho de separación
  • Pretensión de nulidad de decisión.

El directorio aprueba con el voto de la mayoría absoluta, mediante el aviso publicado por cada sociedad participante con un mínimo de 10 días de anticipación.

REQUISITOS DE CONVOCATORIA

  • ARTICULO N°375 DE LA LGS, ENUMERA EN PRIMER LUGAR LOS PASOS Y LOS PROYECTOS DECISIÓN
  • Los auditorios del último ejercicio de sociedades participantes
  • Proyecto de modificación del pacto social
  • Estatuto de la sociedad incidida
  • La relación de los principales socios de los directores de los administradores de las sociedades participantes
  • ACUERDO DE ESCISION

Debe ser aprobado por cada participante determinándose la fecha entrada en vigencia, por la que la nueva sociedad asumirá todos los derechos y obligaciones de cada bloque patrimonial recibido

  • BALANCE DE ESCISION

  • ARTICULO N° 379.
  • Señala que cada sociedad participante debe elaborar un balance de escisión, debe formular balance de apertura el día entrando en vigencia de acuerdo
  • El aviso se publicará 3veces con intervalos de 5 días de cada aviso, los avisos podrán publicarse en forma independiente o conjunta
  • El plazo para el ejercicio de separación empieza a contarse a partir del último aviso.
  • ARTICULO N° 381.
  • Escritura pública- carácter obligatorio
  • Desde la última fecha del ultimo aviso, vence en 30 días
  • Los socios pueden ejercer su derecho de separación, pero no libera al socio de la responsabilidad que le corresponde por las obligaciones contraídas en la escisión.
  • NUNALIDAD
  • Caduca a los 6 meses de inscripción

¿Qué son bloques patrimoniales?

  • Es el conjunto de activos de la sociedad escindida o dividida.

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